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av Franco Masseella för 3 årar sedan

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constitución política de la republica Guatemala FRANCO MASELLA

En Guatemala, cada 31 de mayo se celebra el "Día de la Constitución Política de la República", conmemorando la promulgación de la actual Carta Magna en 1985. Esta constitución, que entró en vigor el 14 de enero de 1986, sufrió una suspensión temporal el 25 de mayo de 1993 durante la presidencia de Jorge Antonio Serrano Elías, pero fue reinstaurada el 5 de junio del mismo año tras su derrocamiento.

constitución política de la republica Guatemala FRANCO MASELLA

FRANCO VALENTIN MASELLA ACEVEDO

constitución política de la republica Guatemala

Pronouns - a word that can function as a noun phrase used by itself and that refers either to the participants in the discourse.

CONTIENE 281 ARTICULOS

VIGENCIA: 14 DE ENERO DEL AÑO 1986

Dicha Carta Magna se hizo efectiva el 14 de enero de 1986. ... Fue suspendida el 25 de mayo de 1993 por el entonces presidente de la República de Guatemala Jorge Antonio Serrano Elías; reinstaurada el 5 de junio de 1993 acto seguido del derrocamiento del presidente; enmendada en noviembre de 1993.

Aprobación: 31 DE MAYO DEL AÑO 1885

El 31 de mayo de cada año en Guatemala se conmemora el “Día de la Constitución Política de la República”, según decreto 2-86 de la Asamblea Nacional Constituyente. En este día de 1985 se proclamó la actual Carta Magna.

Asamblea nacional contribuyente

Nosotros, los representantes del pueblo de Guatemala, electos libre y democráticamente, reunidos en Asamblea Nacional Constituyente, con el fin de organizar jurídica y políticamente al Estado; afirmando la primacía de la persona humana como sujeto y fin del orden social; reconociendo a la familia como génesis primario y fundamental de los valores espirituales y morales de la sociedad y, al Estado, como responsable de la promoción del bien común, de la consolidación del régimen de legalidad, seguridad, justicia, igualdad, libertad y paz; inspirados en los ideales de nuestros antepasados y recogiendo nuestras tradiciones y herencia cultural; decididos a impulsar la plena vigencia de los Derechos Humanos dentro de un orden institucional estable, permanente y popular, donde gobernados y gobernantes procedan con absoluto apego al Derecho.

preámbulo

¿Qué garantiza la Constitución Política de la República de Guatemala? En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derechos. El hombre y la mujer, cualquiera que sea su estado civil tienen iguales oportunidades y responsabilidades. Ninguna persona puede ser sometida a servidumbre ni a otra condición que menoscabe su dignidad.

pragmatica

A relative pronoun is a pronoun that marks a relative clause. They link one part of a sentence to another.

TITULO VIII Disposiciones transitorias y finales
Artículo 1. Ley de Servicio del Organismo Legislativo. La ley específica que regule las relaciones del Organismo Legislativo con su personal, deberá ser emitida dentro de los treinta días siguientes a la instalación de dicho Organismo.

Artículo 27. (Adicionado). Con el objeto de que las elecciones de los gobiernos municipales sean realizadas en una misma fecha conjuntamente con las elecciones presidenciales y de diputados, en aquellos municipios cuyos gobiernos municipales tomaron posesión en junio de 1993 para un período de cinco años, las próximas elecciones lo serán para un período que concluirá el 15 de enero del año 2000.

TITULO VII Reformas a la Constitución
Artículo 277. Iniciativa. Tienen iniciativa para proponer reformas a la Constitución: a) El Presidente de la República en Consejo de Ministros; b) Diez o más diputados al Congreso de la República; c) La Corte de Constitucionalidad; y d) El pueblo mediante petición dirigida al Congreso de la República, por no menos de cinco mil ciudadanos debidamente empadronados por el Registro de Ciudadanos. En cualquiera de los casos anteriores, el Congreso de la República debe ocuparse sin demora alguna del asunto planteado. Artículo 278. Asamblea Nacional Constituyente. Para reformar este o cualquier artículo de los contenidos en el CAPITULO I del Título II de esta Constitución, es indispensable que el Congreso de la República, con el voto afirmativo de las dos terceras partes de los miembros que lo integran, convoque a una Asamblea Nacional Constituyente. En el decreto de convocatoria señalará el artículo o los artículos que haya de revisarse y se comunicará al Tribunal Supremo Electoral para que fije la fecha en que se llevarán a cabo las elecciones dentro del plazo máximo de ciento veinte días, procediéndose en lo demás conforme a la Ley Electoral Constitucional.

Artículo 281. Artículos no reformables. En ningún caso podrán reformarse el Artículo 140, Artículo 141, Artículo 165 inciso g), Artículo 186 y Artículo 187, ni en forma alguna toda cuestión que se refiera a la forma republicana de gobierno, al principio de no reelección para el ejercicio de la Presidencia de la República, así como tampoco dejárseles en suspenso o de cualquier otra manera variar o modificar su contenido.

TITULO VI Garantías Constitucionales y Defensa del Orden Constitucional
Artículo 263. Derecho a la exhibición personal. Quien se encuentre ilegalmente preso, detenido o cohibido de cualquier otro modo del goce de su libertad individual, amenazado de la pérdida de ella, o sufriere vejámenes, aun cuando su prisión o detención fuere fundada en ley, tiene derecho a pedir su inmediata exhibición ante los tribunales de justicia, ya sea con el fin de que se le restituya o garantice su libertad, se hagan cesar los vejámenes o termine la coacción a que estuviere sujeto. Si el tribunal decretare la libertad de la persona ilegalmente recluida, ésta quedará libre en el mismo acto y lugar. Cuando así se solicite o el juez o tribunal lo juzgue pertinente, la exhibición reclamada se practicará en el lugar donde se encuentre el detenido, sin previo aviso ni notificación. Es ineludible la exhibición personal del detenido en cuyo favor se hubiere solicitado.

Artículo 276. Ley constitucional de la materia. Una ley constitucional desarrollará lo relativo al amparo, a la exhibición personal y a la constitucionalidad de las leyes.

orgánica

Possessive pronouns show that something belongs to someone. Replaces noun in phrases.

TITULO V ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL ESTADO
ARTICULO 223. (Reformado) Libertad de formación y funcionamiento de las organizaciones políticas. El Estado garantiza la libre formación y funcionamiento de las organizaciones políticas y sólo tendrán las limitaciones que esta Constitución y la ley determinen

ARTICULO 226. Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural. Las regiones que conforme a la ley se establezcan contarán con un Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural, presidido por un representante del Presidente de la República e integrado por los gobernadores de los departamentos que forman la región, por un representante de las corporaciones municipales de cada uno de los departamentos incluidos en la misma y por los representantes de las entidades públicas y privadas que la ley establezca.

TITULO IV PODER PUBLICO CAPÍTULO I EJERCICIO DEL PODER PUBLICO
ARTICULO 152. Poder Público. El poder proviene del pueblo. Su ejercicio está sujeto a las limitaciones señaladas por esta Constitución y la ley.

ARTICULO 222. (Reformado) Magistrados suplentes. Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia serán suplidos por los magistrados de los tribunales a que se refiere el Artículo 217 de esta Constitución. Conforme lo disponga la Ley del Organismo Judicial siempre que reúnan los mismos requisitos de aquellos

TITULO III EL ESTADO CAPÍTULO I EL ESTADO Y SU FORMA DE GOBIERNO
ARTICULO 140. Estado de Guatemala. Guatemala es un Estado libre, independiente y soberano, organizado para garantizar a sus habitantes el goce de sus derechos y de sus libertades. Su sistema de Gobierno es republicano, democrático y representativo.

ARTICULO 151. Relaciones con Estados afines. El Estado mantendrá relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con aquellos Estados, cuyo desarrollo económico, social y cultural, sea análogo al de Guatemala, con el propósito de encontrar soluciones

dogmática

Personal pronouns are pronouns that are associated primarily with a particular grammatical person – They represents people places or things.

TITULO II DERECHOS HUMANOS
RTICULO 3. Derecho a la vida. El estado garantiza y protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona.

ARTICULO 139. Ley de Orden Público y Estados de Excepción. Todo lo relativo a esta materia, se regula en la Ley Constitucional de Orden Público. La Ley de Orden Público, no afectará el funcionamiento de los organismos del Estado y sus miembros gozarán siempre de las inmunidades y prerrogativas que les reconoce la ley; tampoco afectará el funcionamiento de los partidos políticos. La Ley de Orden Público, establecerá las medidas y facultades que procedan, de acuerdo con la siguiente graduación: a. Estado de prevención; b. Estado de alarma; c. Estado de calamidad pública; d. Estado de sitio; y e. Estado de guerra.

TÍTULO I LA PERSONA HUMANA, FINES Y DEBERES DEL ESTADO CAPÍTULO ÚNICO
ARTICULO 1. Protección a la Persona. El Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común.

Write phrases as examples.

ARTICULO 2. Deberes del Estado. Es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona