av Edrian Pérez för 3 årar sedan
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Protección al Ambiente - Contaminación Atmosférica - Terminología (Cancela a la NMX-AA-23-1975)
Establece los términos y definiciones generales utilizados en contaminación atmosférica, para complementar las normas y reglamentos correspondientes.
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Establece un procedimiento para la determinación de la emisión de ácido sulfhídrico en los gases que fluyen por un conducto.
Establece el procedimiento para la determinación de la emisión de bióxido de azufre, trióxido de azufre y neblinas de ácido sulfúrico en los gases que fluyen por un conducto. Es específica para los casos en que estén presentes estos tres componentes.
Cuerpos receptores- Muestreo
Establece el procedimiento para la determinación de la concentración y de la emisión de bióxido de azufre en gases que fluyen a través de un conducto.
Establece el método gravimétrico para determinar la humedad contenida en los gases que fluyen por un conducto.
Evaluación de las emisiones de humo provenientes de motores estacionarios que usan combustible Diesel.
Establece el método para determinar por absorción las proporciones de bióxido de carbono, monóxido de carbono y oxígeno contenidos en los gases de combustión.
Bióxido de azufre
Bióxido de nitrógeno
Ozono
Partículas suspendidas menores a 10 micrómetros y menores a 2.5 micrómetros
Partículas suspendidas totales
Monóxido de carbono
Establecimiento y operación de sistemas de monitoreo de la calidad del aire
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Niveles máximos de emisión de hidrocarburos, monóxido de carbono y humos en motocicletas a gasolina o gasolina-aceite.
Características del equipo y el procedimiento de medición para la verificación de los límites de emisión de contaminantes, provenientes de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina, gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos.
Protección ambiental- vehículos en circulación que usan diésel como combustible. Límites máximos permisibles de opacidad, procedimiento de prueba y características técnicas del equipo de medición.
Establece los límites máximos permisibles de emisión de hidrocarburos totales, hidrocarburos no metano, monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno, partículas y opacidad de humos provenientes del escape de motores nuevos que usan diésel como combustible.
Hidrocarburos no quemados, monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno, hidrocarburos evaporativos provenientes del escape de vehículos en planta a gasolina o gas.
Establece los límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible.
Partículas sólidas totales y compuestos de azufre reducido total en plantas de fabricación de celulosa.
Límites máximos permisibles de emisión a la atmósfera de material particulado y óxidos de nitrógeno en los procesos de fabricación de vidrio en el país.
Especificaciones de los combustibles fósiles para la protección ambiental.
Contaminación atmosférica-niveles máximos permisibles de emisión de los equipos de combustión de calentamiento indirecto y su medición.ic
Niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de bióxido de azufre, neblinas de trióxido de azufre y ácido sulfúrico, provenientes de procesos de producción de ácido dodecilbencensulfónico de fuentes fijas.
Niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de partículas sólidas provenientes de fuentes fijas.
Protección ambiental-Fabricación de cemento hidráulico- Niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera. Modificación DOF 20-ABRIL-2004.
Bióxido y trióxido de azufre y neblinas de ácido sulfúrico en plantas productoras de ácido sulfúrico.
Riesgo y daño a las plantas y animales expuestas al ambiente
Lluvia ácida
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Cambio climático