av Carmen Bolívar García-Izquierdo för 2 dagar sedan
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OTROS
Fuerza mayor.
Muerte, incapacidad permanente o jubilación del empresario/a.
Trabajadora víctima de violencia de género.
Muerte, incapacidad permanente o jubilación del trabajador.
DE LA PERSONA TRABAJADORA
Incumplimiento grave de la empresa: La persona trabajadora exige la extinción del contrato de trabajo, en los tribunales. La persona debe mantenerse en el puesto hasta que salga la sentencia.
Abandono: La persona trabajadora se va sin previo aviso, ni justificación. La empresa puede denunciar.
Dimisión: No necesita justificación, solo un preaviso por escrito. No tienes derecho a indemnización, ni a prestación.
DEL EMPRESARIO
Despido colectivo: Causa económicas, técnicas, operativas o de producción
Despido por causas objetivas: Circunstancias ajenas a la voluntad del trabajador y del empresario.
Despido disciplinario: sanción máxima. Ocurre cuando el trabajador comete una falta grave.
Excedencia
Suspensión del contrato de larga duración, solicitada por el propio trabajador. Período en donde no se cobra salario, ni prestaciones.
CUIDADO DE FAMILIARES
Implica la reserva del puesto de trabajo el primer año.
Puede durar hasta 2 años
Cuidados familiares, hasta segundo grado de consanguinidad.
CUIDADO DE LOS HIJOS
Implica la reserva del puesto el primer año, después cambia de puesto de la misma categoría profesional
Puede durar hasta 3 años.
Nacimiento o adopción.
FORZOSA
Implica la reserva del puesto.
Tendrá vigencia durante el tiempo que ejerza dicho cargo.
Haber sido elegido para un cargo público y esto imposibilite realizar su trabajo.
VOLUNTARIA
No hay reserva del puesto.
Duración: entre 4 meses y 5 años.
Por necesidad del trabajador( al menos 1 año de antigüedad).
Requisitos de la huelga
LA EMPRESA NO PUEDE:
* Sustituir a los trabajadores huelguistas por nuevos trabajadores. * Sancionar a los huelguistas. * Preguntar quienes van a ir a la huelga.
*Convocado por sindicato o la mayoría de trabajadores. *Avisar a la empresa y a la autoridad laboral,5 días antes, especificando los motivos. *Designar un comité de huelga para negociar con la empresa. *Cumplir con los servicios mínimos.
Causas
RIESGO DURANTE EL EMBARAZO O PROBLEMAS EN LA LACTANCIA.
La empresa debe proporcionar un puesto seguro;si no sucede, se suspende el contrato y cobra una prestación hasta el día del parto o en caso de la lactancia, durante 9 meses.
CIERRE PATRONAL
*Peligro de violencia a personas o bienes materiales. *Ocupación ilegal del centro de trabajo por los huelguistas. *Insuficiente plantilla para realizar la actividad normal.
NACIMIENTO Y CUIDADO DE UN MENOR
*Suspensión de 16 semanas (Tanto padres como madres). *Se cobra a prestación de la seguridad social.
INCAPACIDAD TEMPORAL
*Baja médica, con duración máxima 12 meses. *Se cobra a prestación de la seguridad social.
*Requisitos: Causas ETOP y un preaviso de 15 dias de antelación. *Opciones de la persona trabajadora: 1. Aceptar el cambio. 2. Negarse y extinguir el contrato, con indemnización y prestación por desempleo. 3. Recurir al juzgado de lo social. Mientras esperas la sentencias, tienes que acatar ordenes.
Puedes afectar a estos aspectos:
FUNCIONES QUE EXCEDAN LOS LÍMITES DE LA MOVILIDAD FUNCIONAL.
RENDIMIENTO
SISTEMA DE TRABAJO
CUANTÍA SALARIAL
SISTEMA DE REMUNERACIÓN FUNCIONAL
RÉGIMEN DETRABAJO A TURNOS
JORNADA
HORARIOS
Desplazamiento o traslado de la persona trabajadora, cuando existen razones económicas, técnicas, organizativas o por razones de la producción que lo justifiquen.
traslado
*Cuanto tiempo: Cambio definido o superior a un año. *Requisitos: Causas ETOP y preaviso de 30 días. *Opciones de la persona trabajadora: Igual que en el desplazamiento, pero, en este caso no se extingue el contrato de trabajo y si tiene prestación por desempleo y indemnización
Desplazamiento
*Cuanto tiempo: Períodos de menos de doce meses. *Requisitos: Causas ETOP y preaviso con cinco días de antelación,si el cambio dura más de tres meses. *Opciones de la persona trabajadora: 1. Aceptar el desplazamiento. Se le debe abonar todos los gasto, además de cada tres meses tendrá un permiso retribuido de cuatro días. 2. Negarse y extinguir el contrato, sin derecho a una indemnización ni prestación por desempleo. 3. Recurrir a un juzgado. Mientras esperas la sentencia, tienes que desplazarte. La sentencia declarara si el desplazamiento esta justificado o no , que en cuyo caso se revierte el cambio.
Modificación, por parte de la empresa, de las funciones para las que fue contratado el trabajador
Tipos de movilidad
Decendente
*Cambio de funciones: Cambio a un grupo inferior. *Requisitos: Justificar los motivos e informar al trabajador y a los representantes de los trabajadores. *Duración: Por tiempo indispensable. *Salario: Se mantiene el mismo salario.
Ascendente
*Cambio de funciones: cambio a un grupo superior. *Requisitos: Justificar los motivos e informar al trabajador y a los representante de los trabajadores. *Duración: Por tiempo indispensable, aunque se puede solicitar el ascendente definido. *Salario: Salario nueve y superior.
Horizontal
*Cambio de funciones: Cambio dentro del mismo grupo profesional. * Requisitos: No hace falta justificar el motivo y informar al trabajador. *Duración: Por tiempo indispensable o indefinido. *Salario: Se mantiene el mismo salario.
DE GRUPO
Una empresa de jardinería firma un contrato con un grupo de trabajadores para que se encarguen del mantenimiento de los parques públicos de la ciudad.
Se contrata a un grupo de trabajadores en vez de ir de persona en persona.
DE RELEVO
Una administrativa se está jubilando de forma parcial y la empresa incorpora a una nueva empleada para cubrir esas horas en las que ella no va a estar.
Se aplica en el caso de que haya un trabajador que se jubila parcialmente, así que se contrata a otro trabajador para sustituir parcialmente.
POR ETT
Un almacén necesita cuatro mozos de carga, así que mediante una ETT se contratan para cubrir una semana de alta demanda.
Se contrata al trabajador por una ETT (Empresa de Trabajo Temporal) para que preste sus servicios en otra empresa de manera temporal.
DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE
Un concesionario de coches contrata a un joven aprendiz de 25 años para que se forme como mecánico mientras combina el trabajo y los estudios.
Para personas que no tienen estudios titulados pero que desean formarse al mismo tiempo que trabajan. Combinación de formación con actividad laboral.
DE PRÁCTICAS
Una empresa de ingeniería contrata a una recién graduada y titulada en ingeniería civil para que, durante seis meses, adquiera experiencia en proyectos de construcción.
Utilizado para personas que tienen una titulación académica pero no experiencia laboral en el sector correspondiente. El objetivo es ofrecer experiencia en el campo que sea.
DE INTERINIDAD
Un hospital contrata a un enfermero provisional para reemplazar a otro que está de baja médica durante tres meses por un accidente de coche.
Se aplica para sustituir a un trabajador que tiene derecho a reincorporarse a su puesto. También se aplica para cubrir de manera temporal una vacante mientras se busca a alguien a quien contratarde forma definitiva.
La duración será hasta que la persona se reincorpore o se encuentre a alguien para el puesto
POR CIRCUNSTANCIA DE LA PRODUCCIÓN
Un centro comercial contrata a varias personas para que trabajen como dependientes durante el tiempo que dure la campaña de Navidad para poder atender la mayor demanda de clientes durante esa época.
Se establece cuando hay un aumento específico durante una temporada de la carga de trabajo
La duración será hasta que pase el pico de demanda, o sea, es limitada.
DE OBRA O SERVICIO
Una constructora contrata a alguien como albañil para construir un edificio de apartamentos. Cuando la obra finaliza, es terminada, el contrato del albañil también finaliza.
Para realizar un trabajo de duración desconocida pero vinculado a un servicio específico.
Finaliza una vez que se acaba el proyecto, obra o servicio.
Una empresa de recolección de uva emplea a una trabajadora durante la vendimia que tiene lugar cada año.
Es un tipo dentro de los contratos indefinidos, donde se aplica a aquellos trabajos que se repiten anualmente, pero solamente durante ciertos meses/periodos específicos.
Se utiliza en aquellos sectores que tienen una actividad laboral estacional.
El convenio especifica las condiciones para cada uno y establece su salario mínimo o base.
Tiempo en el que el empresario comprueba si el trabajador es apto. Su duración será: -2 meses: sin título -6 meses: titulados -1 mes: contratos< 6meses
Durante el periodo de prueba, cualquiera de las dos partes puede dar por finalizado el contrato, sin alegar motivo ni obligación de preaviso.