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av Camila Martinezstay för 4 årar sedan

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Derecho "Unidad 2"

El concepto de persona en el ámbito jurídico se refiere a cualquier ser humano que puede ser sujeto de derechos y obligaciones. Esto incluye tanto la capacidad de ejercer dichos derechos por sí mismo, salvo limitaciones específicas estipuladas por la ley, como la aptitud para ser titular de derechos y deberes jurídicos.

Derecho

Derecho "Unidad 2"

Incapacidad

Los sistemas de apoyo a los ejercicios de la capacidad pueden ser declarados nulos, si perjudican a la persona incapaz o con capacidad restringida, y se cumple alguno de los siguientes extremos: 1° la enfermedad mental era ostensible a la época de la celebración del acto; 2° quien contrató con él era de mala fe; 3° el acto es a título gratuito.

Dos capacidades

Capacidad de ejercicio
Toda persona humana puede ejercer por sí misma sus derechos, excepto las limitaciones expresamente previstas en este Código y en una sentencia judicial.
Capacidad del derecho
Toda persona humana goza de la aptitud para ser titular de derechos y deberes jurídicos. La ley puede privar o limitar esta capacidad respecto de hechos, simples actos, o actos jurídicos determinados.

Persona jurídica

Distintos tipos de personas jurÍdicas
De carácter público o carácter privado

Carácter público: 1°. El Estado Nacional, las Provincias y los Municipios. 2°. Las entidades autárquicas. 3°. La Iglesia Católica. Carácter privado: 1° Las asociaciones y las fundaciones que tengan por principal objeto el bien común. 2° Las sociedades civiles y comerciales.

Son personas jurídicas todos los entes a los cuales el ordenamiento jurídico les confiere actitud para adquirir derechos y contraer obligaciones para el cumplimiento de su objeto y los fines de su creación

Persona fisica

La persona fisica es todo ser humano o con signos caracteristicos de la humanidad
Se empieza a ser persona fisica desde la concepción. Las personas humans gozan de las siguientes características: Nombre (identificación, nombre y apellido) Capacidad (que puede ser titular y ejercer derechos y obligaciones) Domicilio (residencia permanente) Estado Civil (casado, soltero) Patrimonio (bienes que posee)

Persona

Es aquello que es caracterizado por determinar su naturaleza, es el hecho de que pueda ser sujeto activo o pasivo de derechos, es la posibilidad de adquirir derechos y contraer obligaciones.
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