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El procedimiento ordinario penal

El proceso penal ordinario comienza cuando el juez toma conocimiento de la noticia crimini o noticia de delito. Este conocimiento puede surgir de oficio, a través de una denuncia particular o por actuación del ministerio fiscal.

El procedimiento ordinario penal

El procedimiento ordinario penal

Fase De Investigacion

la intervención del ministerio publico de igual forma al mismo, es decir a la dirección de dicha fase, y en consecuencia los órganos de policía, los cuales depende función de aquel, para asi poder dar la respectiva investigaciones.
luego de dar concluida la investigación, el fiscal del ministerio publico ante un juez de control filtra los elementos de condiccion ya decretar los actos inclusivos, se clasifican de la siguiente manera

Fase De Ejecucion De La Sentencia: es aquella que se debe dar cumplir mediante lo practico lo cual se constituye por medio de las disposiciones que esta a su vez se debe colocar firme, tanto en lo referente a la sancion principal como a las accesorias

la sentencia debe contener los siguientes contenidos que se encuentra emanado en el articulo 346 del COPP

La sentencia Abusolutoria: son aquella que ordena a la libertad del imputado y lo declara inocente lo cual se encuentra ttipificado en el articulo 348 del COPP

La Sentencia condenatoria: se refiere a las penas, medidas de seguridad, obligaciones multas, costo correspondientes según sea su caso articulo 349 COPP

Fase Del Juicio Oral: se inicia con el autor de apertura a juicio que emite el juez en funciones de control, previa de decisión de la remitirá el expediente a la oficina distribuidora de expediente a la oficina distribuidora de expedientes , cuyo fin es distribuido por el tribunal con funciones de juicio que resulte. articulo 316 al 352 del COPP

el juez debe cumplir con el principio estipulado en el articulo 16 del COPP y el 315 de la presente ley

el juez se retira de la sala, con el fin de elaborar la sentencia y convocar las partes para si imponer los contenidas de esta, por lo tanto la sentencia se debera contener los siguientes requisitos que se encuentran en el COPP en su articulo 346

la sentencia absolutoria son aquella que ordena la libertad del imputado y lo declara inocente se encuentra tipificado en el articulo 348 del COPP

la sentencia condenatoria, esta se refiere a la penas y medidas de seguridad , las obligaciones, multas y costo correspondiente bien sea el caso, articulo 349 COPP

Fase Intermedia: se inicia con la prestación del escrito de acusación por parte del ministerio publico, así mismo el juez convocara dichas partes a una audiencia preliminar oral, cuyo lapso, no sera menor de 15 días ni mayor de 20 días, contadas estas se deben haber recibido de acusación. se encuentra establecido en el articulo 309 del COPP

debe ser admitida la acusación ante un juez,lo cual debe ser tomada dictara dicha desicion sin embargo se debe de indicar las cuestiones. por ende se encuentra establecido en el articulo 314 de la presente ley

cual es la desicion que dictamina el juez ante la acusacion,es decir, se debe dictarse ante las partes, de tal motivo que deben cumplir con los caracteristicas EN EL ARTICULO 314 COPP

fase preparatoria: consiste en preparar el juicio oral y publico, mediante el cual, el proceso de investigacion recoleccion de datosa los elementos de servicios que permitan fundamentar el acto concluido. es decir, el miscal del ministerio publico, dispondra la practica de todos las disigencias partinentes para asi poder determinarla

(1)preparar un juicio oral y publico se encuentra establecido en el articulo 262 del codigo organico procesal penal.(2)recolectar elementos de conviccioon para fundar la acusacion, se encuentra establecido en la presente ley en su articulo 262 COPP. (3) el fiscal ordena iniciar la investigacion sobre el hecho punible articulo 282 COPP. (4) BUSCAR ESCLARECER LA VERDAD DE LOS HECHOS (5) el ministerio publico mediante la investigacion , debe dejar constancia de los elemtos que sirvan para fundar la inculpacion o exculpacion del imputado articulo 263COPP

Fase de impugnación o Recursiva
es la que se cuestiona la desicion de fondo emitida por los tribunales de juzgamiento

Topic principal

Nociones Generales

corresponde a los órganos del poder judicial conocer de las causas y asuntos de su competencia mediante los procedimientos que determinen las leyes y ejecutar o hacer ejecutar sus sentencia

inicio del proceso

el proceso penal inicia, cuando el juez tiene conocimiento de la llamada noticia crimini, o noticia de delito. el conocimiento de un posible hecho delictivo se produce de tres maneras de oficio, mediante actuación particular o por actuación de ministerio fiscal
el inicio de oficio tiene lugar cuando el juez en el trascurso de su actividad procesal, descubre la exiatencia de un hecho que puede ser delictivo y el mismo da comienzo a los tramites y ordena que inicie el proceso

el tramite de la denuncia es muy sencillo y no requiere abogado ni procurador . la denuncia se puede realizar por medio de un escrito o verbalmente ante los siguientes órganos. el juez de guardia la policía judicial o la fiscalia, en este ultimo caso unicamente si se trata de un asunto de interes publico o social

la querella es un instrumento utilizado por la parte que se considera ofendida y que no recurre a la denuncia por parte en el procedimiento desde el principio

AUTOR: ANTHONY SANTIAGO CI: 26945665, SECCION : SAIA F, FACILITADOR: ABOG. ELENA SANTANDER

Por Querella: es presentada por escrito por la persona con calidad de victima, cuyo fin es de exhortar al ministerio publico a que inicie el proceso, articulo 274,275,276,278 del codigo organico procesal penal

La regulación de que la querella hace el COPP prácticamente acaba con la acción popular que tradicionalmente se ha mantenido en el sistema procesal venezolano y que permite que cualquier particular agraviado o no se puede constituir en acusador.

Por denuncia: son aquellas personas que tiene conocimiento de la comisión de un hecho punible, lo cual se encuentra establecido en el articulo 267 del código orgánico procesal penal

de igual manera en su articulo 268, 269,270 y 271 del COOP; A fin de permitir que los ciudadanos puedan contribuir con el mantenimiento de la paz social que se quebranta con la comisión de delitos, se conserva la denuncia como una facultad de poner en conocimiento de la autoridad competente la comisión de tales hechos, salvo las excepciones tradicionales, esto es, los casos de particulares, en los que la omisión de denunciar constituya delito, el caso de los funcionarios públicos que tuvieren noticia de la comisión de un delito en el ejercicio de sus funciones y los profesionales de la salud que llamados a prestar el auxilio de su arte o ciencia, tuvieren noticias de la comisión de ciertos delitos; fuera de estos tres casos de denuncia obligatoria, esta alternativa sigue consagrándose como una facultad y por tanto el código declara que el denunciante no es parte en el proceso.

De oficio: noticia criminis de autoridad se entera del hecho punible articulo 265,266 del codigo organico procesal penal

De conformidad con lo previsto en el COPP, artículo 266, los órganos de policía solo estarían facultados para practicar “diligencias necesarias y urgentes dirigidas a identificar y ubicar a los autores y demás participes del hecho punible y al aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con la perpetración.

El procedimiento penal venezolano, inicia a través de la investigación de oficio denuncia y querella.

el proceso penal venezolano esta constituido por varias fase, las cuales, tienen su fundamento en el procedimiento ordinario previsto en el código orgánico procesal penal