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av Daniel Sánchez för 4 årar sedan

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FAMILIA, TUTELA Y CURATELA

Dentro del derecho civil, la tutela y la curatela son mecanismos diseñados para proteger a aquellos que no pueden valerse por sí mismos debido a su edad, estado mental o prodigalidad.

FAMILIA, TUTELA Y CURATELA

FAMILIA, TUTELA Y CURATELA

ESTADO DE FAMILIA

DE LAS PERSONAS JURIDICAS "SUI IURIS". PROTECCIÓN JURÍDICA DE LOS INCAPACES
Las causas generales de la incapacidad eran:

La prodigilidad

La alteración de las facultades mentales

El sexo femenino

La menor de edad

OTRAS POTESTADES DEL DERECHO ROMANO
El mancipium

Potestad del derecho civil

La manum

Potestad anexa al matrimonio de derecho civil (justae nuptiae) en las primeras epocas

DE LA EMANCIPACIÓN
Era el acto voluntario y solemne del padre de familia por el cual ponía fuera de su patria potestad a quien estaba a ella sometido.

La emancipación requeria el consentimiento del padre y del hijo

EXTINCIÓN DE LA PATRIA POTESTAD
Por la emancipación, acto voluntario del padre de familia por el cual este daba libertad a su hijo
Por ciertas dignidades civiles o ecleasiasticas del hijo
Por la adopcion plena
Por la maxima o la media de la capitis deminutio del padre o del hijo de la familia
LA LEGITIMACIÓN
En el derecho romano era el medio por el cual se asignaba la calidad de hijos legítimos a los hijos naturales nacidos del concubinato
LA ADOPCIÓN
Otro de los medios para adquirir la patria potestad

Requisitos

No se podia adoptar bajo condicion o termino

No podian ser adoptados los hijos naturales

El adoptante debia tener 18 años mas que el adoptado

El adoptante debía ser capaz de procrear

El adoptante debia ser varon

El adoptante debia ser sui juris

EL MATRIMONIO DE LOS NO CIUDADANOS, EL CONCUBINATO, Y EL CONTURBENIO
Matrimonio "sine connubio"
REQUISITOS ESENCIALES PARA CONTRAER "IUSTAE NUPTIAE"
La ausencia de impedimentos
Tener el ius connubi
El consentimiento del jefe de familia
El libre consentimiento de los contrayentes
La pubertad en ambos contrayentes
PERSONAS SUI IURIS Y ALIENI IURIS
El Mancipium
La Manus
Patria potestad

Conjunto de poderes que el jefe de la familia tenía sobre las personas, los bienes y los ritos religiosos privados

Fuentes de la patria potestad

Adopcion

Legitimacion

Matrimonio

Debia contraerse de manera solemne, es decir, mediante la observancia de determinadas solemnidades o rituales.

Disolucion del matrimonio

El divorcio

La perdida de la ciudadania

La perdida de la libertad

La muerte de uno de los conyuges

Efectos del matrimonio

En cuanto a la descendencia

Las justae nuptiade daban a los hijos nacidos de ellas la calidad de ser liber iusti (Hijos legitimos). Estos hijos quedaban ipso iure (De pleno derecho) bajo la potestad del jefe de familia.

Cada conyuge conservaba por regla general sus bienes propios

En cuanto a las personas de los cónyuges

El matrimonio hacia que la mujer participara por regla general de la condicion social del marido e imponia a los conyuges la obligacion reciproca de fidelidad

Confarreatio: ceremonia religiosa

Atributos de la patria potestad

En cuanto a los bienes

Paterfamilia era considerado dueño absoluto del patrimonio de los hijos

En cuanto a la persona

Paterfamilia poder absoluto sobre el hijo

CURATELA

VENIA AETATIS
CURATELA DE LOS MENORES DE 25 AÑOS
CURADORIA DEL PRODIGO O DISIPADOR
CURATELA DE LA FURIOSI, MENTE CAPTI
SU ESFERA DE APLICACION

TUTELA

Poder dado y permitido por el derecho civil a una persona libre para proteger a quien por causa de su edad no puede defenderse a sí mismo.
TUTELA PERPETUA DE LA MUJER POR RAZON DEL SEXO
GARANTÍAS A FAVOR DEL PUPILO PARA HACER LAS OBLIGACIONES DEL TUTOR
FIN DE LA TUTELA
LÍMITES DE LAS FUNCIONES DEL TUTOR
DE LA GESTIO Y DE LA AUCTORITAS
FORMALIDADES PREVIAS PARA ENTRAR A EJERCER LA TUTELA
QUIENES PODÍAN SER TUTORES DEL IMPÚBER. INCAPACIDADES Y EXCUSAS
TUTELA DATIVA
TUTELA LEGITIMA
TUTELA TESTAMENTARIA
TUTELA DEL IMPUBER