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av anna polania för 3 årar sedan

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HERRAMIENTAS DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA ( LEY 489 - 1998)

La Ley 489 de 1998 establece las bases para la delegación y desconcentración en la administración pública colombiana. La delegación implica que un funcionario superior transfiere ciertas funciones a un subordinado, quien asume la responsabilidad directa de las tareas asignadas.

HERRAMIENTAS DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA ( LEY 489 - 1998)

HERRAMIENTAS DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA ( LEY 489 - 1998)

DESCENTRALIZACIÓN

TIPOS
Descentralización territorial

Muchos municipios se ven condenados porque los aspirantes invierten mucho en sus campañas y cuando llegan al poder, buscan recuperar esa inversión y esto puede empobrecer el territorio. (Pago de favores políticos y las necesidades de la sociedad quedan a un lado).

Buscan promover la participación de la sociedad, elección popular de dirigentes (Gobernadores, alcaldes).

Todo viene condicionado desde la NACIÓN, maniatadas por normatividad, su marco de acción es bastante corto.

El estado entrega recursos y herramientas para que se puedan sostener por sí mismas.

Las entidades son responsables de sus propios actos y las consecuencias que tienen.

Descentralización especializada

Entidades vinculadas: Tienen fines económicos y financieros. Se crean para crear dinero, recursos. Ejm: Empresas industriales y comerciales del estado. Persiguen objetivos económicos estratégicos para las entidades que trabajan. Sociedades de economía mixta. Funcionan como empresa privada, generan sus propios recursos y compiten en un mercado.

Entidades adscritas: Adscritas a un ministerio o departamento administrativo ejm: SENA, ESAP. Entidades que tienen unas competencias especiales que buscan fortalecer esas funciones administrativas. Manejan autonomía financiera, pero no se soporta en recursos propios, depende de que la nación les provea recursos para el desarrollo de sus funciones.

Hay una transferencia de competencias, funciones y recursos a una persona jurídica que tiene autonomía. Esta persona jurídica tiene una naturaleza que responde a un tema específico que necesita el estado, para responder a las necesidades de la sociedad. (Función estratégica y especial para el Estado).

El gobierno central otorga tareas o facultades a entes territoriales (persona jurídica).
Se contempla la creación de otras entidades adscritas que tendrán unas competencias, funciones y responsabilidades específicas.
Los municipios serán los entes que van a responder (prestación de servicios) a las decisiones que emanan de la sociedad.
El papel de la nación es dirección (establecer planes, estrategias, políticas que van a permear las acciones y movimientos en los que se va n a desenvolver los entes territoriales).
Artículo 7 Ley 489: Desarrollar y fortalecer el proceso de distribución de competencias entre los entes territoriales (distritos, municipios, etc).
Reasignación de poder
se dota de autoridad a los entes territoriales para poder tomar sus propias decisiones sin necesidad de acudir a un “jefe”
Proceso en el cual se logra entregar una serie de competencias, recursos y funciones a unas personas jurídicas.
para que ejerzan el poder de manera autónoma. Es responsable de las acciones que realice.

DELEGACIÓN

Se puede delegar de persona Natural a Jurídica o viceversa mediante un documento.
El delegante se exime de responsabilidad, el delegatario se convierte en un responsable directo de lo que realice.
Siempre debe estar respaldada por un documento escrito, en el cuál de forma clara cuáles son las funciones específicas que va a delegar.

Delegatario: recibe las funciones delegadas – Nivel jerárquico inferior.

Delegante: Persona en el nivel Jerárquico superior.

El funcionario debe tener funciones propias que sean complementarias y a fines con la transferencia o delegación que se le está entregando.
Se da de forma jerárquica. (Superior a Inferior)
No hay delegación entre entidades públicas
Proceso mediante el cual, se transfieren funciones hacia una persona jurídica o un funcionario

DESCONCENTRACIÓN

CARACTERÍSTICAS
Esta figura se expresa con otros nombres “regionales, territoriales, sedes departamentales, unidades”.
La autoridad sigue siendo la sede central que marca las pautas, presupuesto, etc, para que funcionen las territoriales. (La decisión sigue siendo de la entidad central, pero usa las territoriales para responder más eficiente a las necesidades del territorio).
Lo que busca la desconcentración es hacer mayor presencia en los territorios y que cada territorio pueda comunicarse y provea una respuesta acetada a las necesidades particulares de la sociedad en cada territorio.
Dependen de autorización
Proceso de radicación de competencias y funciones en unas dependencias ubicadas fuera de la sede principal, para cumplir con las tareas que ha delegado el gobierno nacional.
Conjunto de tareas desempeñadas por autoridades públicas, articulares autorizados por el estado, para representar al estado.