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av manuel chitiva för 3 årar sedan

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INH: Interoperabilidad de Datos de la Historia Clínica

La interoperabilidad de datos en la historia clínica es fundamental para garantizar la autenticidad, fiabilidad, integridad y disponibilidad de la información médica. La historia clínica electrónica se define como el conjunto de datos generados, enviados y almacenados por medios electrónicos, ópticos o similares, los cuales deben cumplir con ciertos estándares de seguridad y privacidad.

INH: Interoperabilidad de Datos de la Historia Clínica

INH: Interoperabilidad de Datos de la Historia Clínica

To name your story, you have to think about the overall message and what you want your audience to understand from the story. Also, make it relevant and easy to remember.

Estándar de Datos

Calidad del dato
Característica de un sistema de información, que garantiza la exactitud, completitud, integridad, actualización, coherencia, relevancia, accesibilidad y confiabilidad de sus datos, necesaria para lograr un alto nivel de procesamiento y análisis para una toma de decisiones efectiva a nivel de los actores involucrados.
Lenguaje Común de Intercambio de Información para la historia clínica
Es el estándar nacional que facilita el intercambio de información entre los actores de la interoperabilidad de datos de la historia clínica,
Mecanismo electrónico de interoperabilidad de datos de la historia clínica.
Es el conjunto de herramientas de tecnología de la información que permite la interoperabilidad de datos de la historia clínica
Catálogo
Conjunto ordenado o clasificado de datos con características comunes, que determina el grupo de valores permitidos que puede tomar un elemento de dato.
Elemento de Dato
Identifica o define una estructura de información de importancia para la entidad u organización que lo utilice en los procesos de intercambio de información asociados a la Interoperabilidad de datos de la Historia Clínica
Conjunto de elementos de dato para la interoperabilidad
Son el conjunto de elementos de datos comunes e interoperable que debe desarrollarse en cualquier nivel de atención de salud, que apoya en primera instancia la gestión y el control como marco del nivel local o institucional, territorial y nacional, y que permite la interoperabilidad entre agentes del Estado Colombiano, sobre la base de estándares obligatorios de intercambio de datos.

HISTORIAS CLÍNICAS

In the beginning of the story (or the exposition), you will need to introduce the setting and characters. You might also want to introduce the main conflict. This part of the story is important because it gives the reader necessary background information and maybe even a first insight into a character’s personality.

Documento Electrónico
Se define como: la información generada, enviada, recibida, almacenada y comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares” que tiene como características “la autenticidad, la fiabilidad, la integridad y la disponibilidad
Historia clínica electrónica
Resolución 1995 de 19996, en el artículo 18. Los Prestadores de Servicios de Salud pueden utilizar medios físicos o técnicos como computadoras y medios magneto-ópticos, cuando así lo consideren conveniente, atendiendo lo establecido en la circular 2 de 1997 expedida por el Archivo General de la Nación, o las normas que la modifiquen o adicionen
La historia clínica es el registro obligatorio de las condiciones de salud del paciente y contiene los datos de los pacientes de acuerdo con la Ley 23 de 1981
La Resolución 1995 de 19991 en su artículo 182 señala, que los Prestadores de Servicios de Salud pueden utilizar medios físicos o técnicos para el registro y conservación de la historia clínica como computadoras y medios magnetoópticos, cuando así lo consideren conveniente, atendiendo lo establecido en la Circular 02 de 1997 expedida por el Archivo General de la Nación, o las normas que la modifiquen o adicionen.
Artículo 32, La historia clínica es el registro obligatorio de las condiciones de salud del paciente. Es un documento privado sometido a reserva que únicamente puede ser conocido por terceros previa autorización del paciente o en los casos previstos por la Ley