Kategorier: Alla - autoridades - cumplimiento - gestión - desarrollo

av MIREYA SOLEDAD BRITO ALBUJA för 7 årar sedan

468

LEGISLACIÓN AMBIENTAL EN EL ECUADOR II

En Ecuador, la legislación ambiental se estructura a través de diversos mecanismos y niveles de gobierno. El Ministerio del Ambiente (MAE) es la autoridad nacional responsable de definir políticas, planificar y controlar la gestión ambiental en todo el país.

LEGISLACIÓN AMBIENTAL EN EL ECUADOR II

LEGISLACIÓN AMBIENTAL EN EL ECUADOR

PERMISOS LEGALES AMBIENTALES

4.- Plan de cierre con base a los instrumentos de planificación ambiental.
3.- Obligaciones intermedias: Presentación de informes, realización de evaluaciones o auditorÍas ambientales.
2.- Obtención de permisos: certificado, registro o licencia ambientales; aprobación de plan de manejo, etc.
1.- Requisitos legales de inicio.

AUTORIDAD AMBIENTAL POR NIVEL DE GOBIERNO

Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal es la Autoridad Ambiental Cantonal y tiene a su cargo la política, planificación y control ambiental en su jurisdicción.
Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial es la Autoridad Ambiental Provincial y tiene a su cargo la política, planificación y control ambiental en su jurisdicción.
La Autoridad Ambiental Nacional es el MAE, y le corresponde definir la política ambiental, planificar, y controlar la gestión ambiental en el país.

CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL ECUATORIANA

Las personas naturales y jurídicas, si se relacionan con la gestión ambiental, deberáń cumplir con obligaciones especificas ante el Ministerio del Ambiente (MAE), si es que desarrolla actividades, como por ejemplo: a) consultoría ambiental, b) manejo de recursos naturales, o, c) una actividad económica que por su naturaleza genere riesgo ambiental.
El país cuenta con un marco legal ambiental que determina las relaciones en sociedad, y el manejo de recursos naturales; unas leyes dan los lineamientos generales y otras requisitos y procedimientos.
De acuerdo a la Ley de Gestión Ambiental (RO No 245, del 30 de julio de 1999. Codificación 2004-019), “G. A. es el conjunto de políticas, normas, actividades operativas y administrativas de planeamiento, financiamiento y control estrechamente vinculadas, que deben ser ejecutadas por el Estado y la sociedad para garantizar el desarrollo sustentable y una optima calidad de vida”.