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av Daniela Cano Ocampo för 4 årar sedan

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LEY ESTATUTARIA 1618 DE 2013

La Ley Estatutaria 1618 de 2013 establece varias disposiciones para garantizar los derechos de las personas con discapacidad en Colombia. El artículo 20 se enfoca en el derecho a la vivienda, asegurando que los planes de vivienda de interés social respeten las normas de diseño universal y prioricen los estratos más bajos.

LEY ESTATUTARIA 1618 DE 2013

LEY ESTATUTARIA 1618 DE 2013

ARTíCULO 21. ACCESO A LA JUSTICIA

El Estado garantizará el acceso a la justicia de las personas con discapacidad

3.El Gobierno Nacional junto con las organizaciones nacionales e internacionales realizará campañas de respeto hacia las personas con discapacidad.

2. El Ministerio de Justicia y del Derecho, o quien haga sus veces, en alianza con el Ministerio Público y las comisarías de familia y el ICBF, deberán proponer e implementar ajustes y reformas al sistema de Interdicción judicial de manera que se desarrolle un sistema que favorezca el ejercicio de la capacidad jurídica y la toma dedecisiones

1. El Ministerio de Justicia deberá implementar programas de formación y gestión para la atención de casos de violación a los derechos de las personas con discapacidad,

ARTíCULO 20. DERECHO A LA VIVIENDA

El Estado garantizará el derecho a la vivienda de las personas con discapacidad, de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 1346 de 2009.

3. El Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio implementará En un plazo máximo de 1.

2. Los estratos 1, 2 Y 3, de manera prioritaria. para su vivienda

1.Todo plan de vivienda de interés social deberá respetar las normas de diseño universal

ARTíCULO 19. FACILITACiÓN DE LAS PRÁCTICAS TURíSTICAS.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, promoverá dentro del sector turístico la necesidad de adecuar la infraestructura turística para personas con discapacidad

ARTíCULO 18. DERECHO A LA RECREACiÓN Y DEPORTE

El estado garantizara el derecho a la participación en la vida cultural, las actividades recreativas,y el deporte de las personas con discapacidad , art.30 ley 1346 de 2009.
Medidas

10.Motivar las organizaciones de discapacidad cognitiva,sensorial,y física,para que sean parte activa de la vida cultural,recreativa y deportiva

9.Los incentivos a los deportistas con discapacidad han de ser los mismos que para los deportistas convencionales a nivel municipal ,departamental y nacional.

8.Promover ajustes y abrir espacios de la formacion deportiva en condiciones de igualdad y en entornos inclusivos para personas con discapacidad

7.Efectuar las medidas necesarias que garanticen la recreación para las personas con discapacidad

6.Promover la actividad fisica de las personas con discapacidad a traves de inclusion en los curriculos de los diferentes niveles de estudio sobre actividad fisica y enfasis en edu.fisica adaptada o incluyente

5.Garantizar la inclusion de las personas con discapacidad en la recreacion a traves de la organizacion y certificacion de las entidades , y diferentes niveles de estudio sobre recreacion en personas con discapacidd y acreditacion de los profesionales.

4.Suministrar el soporte para el desarrollo, importación o intercambio de implementosdeportivos específicos por tipo de discapacidad.

3.Apoyar actividades deportivas de calidad para las personas con discapacidad , sin exclusion alguna de los escenarios deportivos y recreativos.

2.Fomentar la practica del deporte social comunitario como proceso de inclusión para potencializar capacidades y habilidades.

1. Fortalecer el deporte de las personas con discapacidad,incluyendo el deporte paralitico, apoyo medico y terapéutico .

ARTíCULO 17. DERECHO A LA CULTURA

El Estado garantizará el derecho a la cultura de las personas con discapacidad
medidas

7. Garantizar la formación necesaria para que las personas con discapacidad

6. Garantizar que las entidades culturales que realizan proyectos con población infantil y juvenil aporten al desarrollo cultural

5.El Ministerio de Cultura promoverá e implementará, en departamentos, distritos, municipios y localidades, la política de diversidad cultural

4. Crear campañas, proyectos y programas haciendo uso de las diversas expresiones artísticas y comunicativas

3. Ubicar a nivel nacional las entidades que realizan procesos de sensibilización

2. Garantizar que las entidades culturales, los espacios y monumentos culturales cumplan con las normas de acceso

1. se debe garantizar el acceso a eventos y actividades culturales.