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av Esther Epifania för 2 årar sedan

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Ley Orgánica que regula el uso legítimo de la fuerza

La ley orgánica que regula el uso legítimo de la fuerza tiene como objetivo normar su aplicación de manera excepcional por parte de los servidores encargados de la seguridad ciudadana.

Ley Orgánica que regula el uso legítimo de la fuerza

Ley Orgánica que regula el uso legítimo de la fuerza

Artículo 12. Prohibición expresa de tortura

Ningún servidor podrá infligir, instigar o tolerar ningún acto cruel, inhumano o degradante.
Artículo 13. Niveles de uso legítimo de la fuerza

Cuando por esta ley los servidores deban emplear la fuerza lo harán procurando adecuar el nivel del uso de la fuerza a la situación o amenaza

Técnicas defensivas menos letales

Fuerza intencionalmente letal

Presencia

Verbalización

Crontol Físico

(…) Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley desempeñan un papel fundamental en la protección del derecho a la vida, la libertad y la seguridad de las personas, tal como se garantiza en la Declaración Universal de Derechos Humanos y se reafirma en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Artículo 10. Principios para el uso legítimo de la fuerza
Proporcionalidad: Evalúa el equilibrio ente el tipo y nivel de fuerza usada y el daño que puede causar.

Para determinar el nivel de fuerza correspondiente a cada situación considerará:

c)las condiciones del entorno

d) los medios al alcance

a) intensidad

b) la forma de proceder

Legalidad: Se limitará el uso de la fuerza a las situaciones y medios sujetos al derecho internacional de derechos humanos.

Absoluta Necesidad: Debe limitarse su uso a la inexistencia de otros medios.

Rendición de cuentas: Los servidores estaraán sujetos a control y rendición de cuentas

No Discriminación: No ejercer la fuerza contra ninguna persona a base de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo,identidad de género, religión, estado de salud, condición migratoria,orientación sexual, discapacidad o portador de VIH.

Precaución: Se tendrá especial precaución para proteger la vida e integridad de grupos prioritarios.

Humanidad: Distinguir entre las personas que constituyen o no una amenaza.

Artículo 1. Objeto

Tiene como objetivo normar el uso legítimo y excepcional de la fuerza, dirigido a servidores que velan por la seguridad ciudadana.
Su fin es precautelar el derecho a la seguridad integral de sus habitantes.

Artículo 2. Ámbito

Es de cumplimiento obligatorio en el territorio nacional, para todos los servidores.

Se excluyen de la regulación de esta ley, las acciones y operaciones que realizan las Fuerzas Armadas en el marco del Derecho Internacional Humanitario.