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av RUTH KARINA CARPIO TAIPE för 6 månader sedan

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NIA 705 OPINION MODIFICADA EN EL INFORME EMITIDO POR UN AUDITOR INDEPENDIENTE

La norma de auditoría se centra en las situaciones en las que un auditor independiente debe modificar su opinión sobre los estados financieros de una entidad. Si los estados financieros no están libres de errores materiales según la evidencia obtenida, el auditor puede expresar una opinión negativa o una opinión con salvedades.

NIA 705               OPINION MODIFICADA EN EL INFORME EMITIDO POR UN AUDITOR 
INDEPENDIENTE

NIA 705 OPINION MODIFICADA EN EL INFORME EMITIDO POR UN AUDITOR INDEPENDIENTE

COMUNICACIÓN CON LOS ENCARGADOS DEL GOBIERNO CORPORATIVO

Cuando el auditor espera modificar la opinión en el dictamen del auditor, deberá comunicar a los encargados del gobierno corporativo las circunstancias que ocasionaron la modificación esperada y el texto propuesto para la modificación.

CIRCUNSTANCIAS (MODIFICACIÓN DE OPINION )

concluye que, con base en la evidencia de auditoria obtenida, el juego completa de los estados financieros no esta libre de representación errónea material.
No puede obtener suficiente evidencia apropiada de auditoria para concluir que el juego completo de los estados financieros este libre de representación errónea material.

OBJETIVO

El auditor no pueda obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para concluir que los estados financieros en su conjunto estén libres de incorrección material.
El auditor concluya que, sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida, los estados financieros en su conjunto no están libres de incorrección material

ALCANCE

Trata de la responsabilidad que tiene el auditor de emitir un informe adecuado en función de las circunstancias cuando, al formarse una opinión de conformidad con la NIA 700

ABTENCIÓN DE OPINIÓN

El auditor deberá abstenerse de una opinión cuando, en circunstancias extremadamente raras que impliquen varias faltas de seguridad, el auditor concluya que, que a pesar de haber obtenido suficiente evidencia apropiada de auditoria respecto a cada una de las faltas de seguridad individuales.
El auditor deberá abtenerse de una opinión cuando no puede obtener suficiente evidencia apropiada de auditoria sobre la cual basar la opinión, y concluye que los posibles afectos sobre los estados financieros de presentaciones erróneas no detectadas.

DETERMINACIÓN TIPO OPINION MODIFICADA

Opinión Negativa .- El auditor deberá expresar una opinión negativa cuando al haber obtenido suficiente evidencia apropiada de auditoria.
Opinión con salvedades .- Al haber obtenido suficiente evidencia apropiada de auditoria, concluye que las representaciones erróneas, de manera individual o colectiva, son materiales.

TIPOS DE OPINIÓN

El juicio del auditor sobre lo penetrante (generalizado) de los efectos o posibles efectos del asunto sobre los estados financieros
La naturaleza del asunto que dio lugar a la modificación, es decir, si los estados financieros tienen representaciones erróneas materiales