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av Javier Vargas för 4 årar sedan

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Responsabilidades del Proyecto de vivienda Villasol de Tarapoto

El Proyecto de vivienda Villasol de Tarapoto, bajo el respaldo del Fondo Mivivienda (FMV), busca facilitar el acceso a viviendas a través de diferentes esquemas financieros. Para proyectos sin respaldo financiero, se requiere una serie de verificaciones y documentación específica, incluyendo la Garantía de la Entidad del Sistema Financiero (

Responsabilidades del Proyecto de vivienda Villasol de Tarapoto

Responsabilidades del Proyecto de vivienda Villasol de Tarapoto

Clientes

No tener vivienda, terreno propio o aires independizados para vivienda a nivel nacional.
El Ingreso Familiar Mensual – IFM neto no debe exceder de S/ 3,715 (aplicable a la Jefatura Familiar).
No haber recibido apoyo habitacional del Estado (Enace, Fonavi, BANMAT o el FMV).
Conformar un Grupo Familiar (GF): Debe estar conformado por un Jefe de Familia, que declarará a uno o más dependientes que pueden ser: su esposa, su conviviente, sus hijos, hermanos o nietos menores de 25 años o hijos mayores de 25 años con discapacidad, sus padres o abuelos.

Fondo Mivivienda

Sin respaldo financiero (código de proyecto)
Revisa la información presentada y procede a liberar la garantía.
Verifica la obra y emite informe de verificación.
Verifica la garantía e información presentada. Custodia la garantía y ejecuta el desembolso
Solicita al FMV el desembolso el BFH, con el detalle del GFB, Documentación de SPLAFT y Garantía de la ESFS por BFH y ahorro al 110%.
Verifica la solicitud y de estar conforme asigna el BFH
Registra y evalúa el GF Postulante en el STP como el Grupo Familiar Elegible (GFE). Asimismo, realiza la fiscalización posterior de cumplimiento de requisitos.
Revisa el expediente y lo registra en el Programa Techo Propio (PTP)
Con respaldo financiero
Revisa la información presentada y procede a liberar la garantía.
Verifica la información presentada, si es conforme, se realiza el desembolso en la cuenta de Administración del Proyecto.
Verifica la solicitud y de estar conforme asigna el BFH.
al GF Postulante en el STP como Grupo Familiar Elegible (GFE) . Asimismo realiza la fiscalización posterior de cumplimiento de requisitos.
lRegistra a lista de CUH en el Sistema Techo Propio (STP)
Evalúa línea de crédito de la ESFS y se firma la adenda al Convenio de Garantías con la ESFS.
Evalúa la línea de crédito de la ESFS y se firma la adenda al convenio de Garantías con la ESFS.

Expediente para el Ministerio de vivienda o IFI (sponsor)

Presupuesto de obra de todo el proyecto, incluyendo costo del terreno, de la habilitación urbana y presupuesto resumen por cada modelo de vivienda propuesto.
De los Proyectos que cuentan con respaldo de una Entidad del Sistema Financiero y de Seguros (ESFS)
Presentada la información, el FMV verifica que esté completa y que el proyecto de vivienda cumpla con los requisitos generales de proyectos Techo Propio señalados en el Art. 3° y 4° de la RM N° 170-2017-VIVIENDA, procediendo a comunicar al Promotor y a la ESFS, para que el Proyecto pueda ser ofertado a los GFE. Esta comunicación no significa el otorgamiento de Código de Proyecto, solo el registro conforme, de la información del proyecto.
Proyectos que no cuentan con respaldo de una Entidad del Sistema Financiero y de Seguros (ESFS)
Fotos actualizadas del predio.
Planos de arquitectura y especialidades (estructuras, sanitarias y eléctricas) de el(los) modelos(s) de vivienda de interés social aprobados por la municipalidad.
Planos de la habilitación urbana (trazado y lotización) correspondientes a la resolución de aprobación de habilitación urbana emitida por la municipalidad.
Declaración Jurada de la elaboración de un tipo de vivienda alternativo para personas con discapacidad, para que en el caso que el Promotor venda VIS a personas con discapacidad, presente al Registro de Proyectos, planos arquitectónicos acotados (plantas, cortes y elevaciones) de un prototipo de vivienda alternativo cumpliendo con la norma A.120 – Accesibilidad para personas con discapacidad del RNE.
Listado de Compromiso de Entrega de Viviendas.
Listado y esquema de distribución de unidades habitacionales, que contenga: los códigos de unidades habitacionales (CUH), etapas a desarrollar, nomenclatura de manzanas y lotes, área del lote, linderos, área construida de la VIS, precio de venta.
Presupuesto de obra de todo el proyecto, incluyendo costo del terreno, de la habilitación urbana y presupuesto resumen por cada modelo de vivienda propuesto
Memoria Descriptiva conteniendo lo siguiente: ubicación del proyecto, número de viviendas, tipo de habilitación urbana, características técnicas de las unidades habitacionales a construirse, etc.
Señalar el número de partida registral en donde conste el dominio del predio donde se ejecutará el proyecto, no admitiéndose copropiedades sobre el mismo. Si el predio no es de propiedad del Promotor se presentará la Escritura Pública del Contrato de Fideicomiso debidamente inscrito en los Registros Públicos. Del mismo modo, para efectos del registro, se podrá aceptar que el Promotor no sea propietario del predio, en los casos que acredite haber obtenido la buena pro del Concurso Público organizado por el FMV a través del cual se concursó dicho predio para destinarlo al Proyecto. Para tal fin se solicitará el Acta de Otorgamiento de Buena Pro emitida por el FMV y el contrato emitido al respecto.

Estructura legal del proyecto

Contrato entre empresa promotora - Entidad Financiera ( cartas fianza / garantías / crédito complementario)
Contrato Promotora - Empresa comercial (pago por venta y desembolso)
Contrato entre Empresa Promotora y Constructora (de preferencia a suma alzada)

Requisitos del proyecto

Expediente documentado empresa constructora.
Expediente empresa promotora (Gerente / Accionistas / Directorio), presentación de formularios, documentos financieros (IFI)
Partida registral original del predio.
Copia de la licencia de edificación expedida por la Municipalidad respectiva o en su defecto de la aprobación del proyecto de arquitectura por la Comisión Técnica Calificadora.
Copia del documento emitido por la Municipalidad correspondiente que acredite que el terreno ha sido habilitado como urbano y copia de los planos aprobados de arquitectura.

Definición conceptual del Proyecto

TUPA Municipalidad de San Martín
Norma GH-020- Componentes del Diseño Urbano
D.S. 010-2018-VIVIENDA
ResoluciónMinisterialNº86-2020-VIVIENDA.(publicado el (01.05.2020)
Reglamentos Operativos aprobados mediante Resoluciones Ministeriales N°102-2012-VIVIENDA,N°170-2017-VIVIENDA,N°236-2018 - VIVIENDA. Decreto Legislativo N°1464, que promueve la reactivación de la economía a través de incentivos dentro de los programas de vivienda. (publicado el 18.04.2020)
Decreto Supremo N°013-2007-VIVIENDA, aprueba el Reglamento del BFH.
Ley N°27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional (BFH).
El Proyecto se define bajo el Programa de Techo Propio, en la modalidad de AVN (adquisición de vivienda nueva)

Estructura Comercial del Proyecto

Seguimiento y control de las colocaciones, reporte semanal
Seguimiento post venta
Calificación del cliente al crédito complementario ante la IFI
Desembolso al cliente por parte del Fondo Mivivienda
seguimiento en el portal del Fondo Mivienda
Elegibilidad del cliente
Calificación en el Fondo Mivivenda
Armado de expediente
Calificación del cliente

Costos del proyecto

Utilidad:
Impuestos:
Costo de habilitación:
Costo de obra:
Gastos comerciales:
Número de viviendas aproximado: 108 viviendas
Área construida: 35 m2
Área del terreno a vender: 65 m2 - 70 m2
Costo por metro cuadrado: S/. 119.70 por m2
Área del terreno: 9 441.20 m2
Costo del terreno: S/.1´130.111.64

Estructura del Proyecto

Empresa Comercial
Debe contar una plataforma virtual para atención a los clientes, en caso de ser necesario
Debe emitir reportes sobre las estrategias comercial sociales.
Debe acreditar contar con experiencia en el proceso de desembolsos de proyectos de vivienda social (AVN), calificación de clientes, armado de expedientes, etc.
Empresa Constructora
Debe brindar el expediente (planos, licencias, etc) para la aprobación del proyecto ante el Ministerio y ante la entidad financiera.
Debe contar con garantía de carta fianza para los garantizar los avances de construcción de las obras (ver contrato y/o acuerdos).
Debe contar con experiencia en construcción de vivienda social, es recomendable tener obras entregadas al Ministerio de Vivienda.
El Gerente General no debe tener reportes ante el sistema financiero al igual que el directorio.
Empresa Promotora KINSA
Debe proporcionar el expediente completo para la presentación al MInisterio de Vivienda para el código de Proyecto y/o entidad financiera sponsor.
La EP es responsable del control y supervisión de la gestión comercial del Proyecto.
La EP es responsable de la inversión control, supervisión y entrega de la obra a la Municipalidad / Ministerio de Vivienda y entidad financiera.
La EP es responsable del contrato con el constructor y la parte comercial.
La empresa Promotora (EP) es la responsable de la firma del contrato de venta (minuta)
La empresa promotora debe ser la dueña del predio (adquirir el predio al menor valor posible, valor del autovalúo)

Pago del impuesto (ver tema contable)

El Gerente General no debe tener reportes ante el sistema financiero al igual que el directorio
La empresa debe contar con historial limpio en el sistema financiero