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av Gael Zarate för 2 årar sedan

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V.- Reingreso.

Los exalumnos que deseen reincorporarse a la institución después de haber sido dados de baja, ya sea de manera voluntaria o administrativa, pueden tramitar su reingreso, siempre y cuando no hayan sido expulsados y estén libres de adeudos.

V.- Reingreso.

V.- Reingreso.

Artículo 65.- El trámite de reingreso aplica para aquellos exalumnos que una vez dados de baja, ya sea de manera voluntaria o administrativa, deseen reincorporarse a la institución a continuar sus estudios. Los alumnos expulsados no podrán tramitar su reingreso. Artículo 66.- Los exalumnos que deseen reingresar a la institución deberán de estar libres de adeudos.

capitulo IV tramites administrativos

VII.- Prácticas profesionales y servicio social.
Artículo 39.- El alumno que haya concluido su plan de estudios satisfactoriamente deberá de tramitar en la unidad de servicios la carta de pasante, debiendo presentar la liberación del servicio social, comprobante de aportación a bibliotecas, comprobante de no adeudo en biblioteca y pago arancel de carta de no adeudo de la Universidad de Guadalajara, para el caso de licenciaturas incorporadas a dicha institución, así como los recibos de la última mensualidad y del pago del acto académico.
VI.- Carta de pasante.
I.- Cambios de turno.
Artículo 40.- El alumno que desee cambiar de turno, podrá realizar el trámite desde el periodo de reinscripción hasta la segunda semana de clases. En caso de que los alumnos hayan presentado exámenes parciales, éstos deberán cerciorarse que la calificación de los mismos se encuentre registrada en el sistema SIAAF. Artículo 41.- El alumno que desee cambiar de turno deberá de llenar la solicitud correspondiente en el portal de SIAAF para su revisión. En caso de proceder el cambio de turno, se autorizará en el mismo portal para que el alumno cubra el costo correspondiente.
IV.- Reinscripción.
SubtArtículo 56.- Los alumnos que deseen continuar con sus estudios en el Centro Universitario y se encuentren libres de adeudos, deberán tramitar su reinscripción de acuerdo al calendario de trámites establecido en dicha institución, cumpliendo lo siguiente: a) Haber acumulado durante el ciclo inmediato anterior por lo menos 5 puntos de actividades de formación integral. b) Acreditar la aportación a bibliotecas en el periodo que le corresponda. c) Realizar el pago referenciado de la reinscripción en las instituciones bancarias que sean designadas, en las fechas establecidas en los calendarios escolares. El alumno deberá de conservar su ficha de depósito para cualquier aclaración futura. El pago de la reinscripción se verá reflejado en el sistema 24 horas después de ser realizado, para que se permita el cargado de materias. d) Realizar la carga de materias en el sistema SIAAF, la cual se realizara en un grupo aleatorio asignado por el mismo sistema. Quedan exentos de la carga en grupo aleatorios los planes de estudios que cuenten con áreas especializantes.opic
III.- Bajas voluntarias temporales y/o definitiva.
Artículo 45.- Los alumnos podrán tramitar baja voluntaria temporal o definitiva, desde que se encuentren realizando los trámites de inscripción, hasta un mes antes de la conclusión del ciclo escolar que se encuentren cursando, siempre y cuando sean alumnos activos y realicen el trámite de baja en el portal de SIAAF en el apartado de trámites, cumpliendo con los siguientes requisitos: a) Estar al corriente en el pago de las parcialidades b) No contar con adeudos en biblioteca c) No contar con adeudo de laboratorio d) Cubrir el pago de no adeudo en cajas,; en el caso de bajas definitivas
II.- Cambio de plantel