La normativa establece varias disposiciones sobre el manejo adecuado de residuos, basuras, desechos y desperdicios. Se prohíbe la descarga sin autorización de estos materiales, y se requiere que los municipios organicen servicios eficientes para su recolección, transporte y disposición final.
decreto 2811 1974 DE LOS RESIDUOS, BASURAS, DESECHOS Y DESPERDICIOS
Artículo 38.o imponer a quien
produzcan las basuras, desechos o desperdicios la obligación de recolectarlos, tratarlos o disponer de ellos,
señalándole los medios para cada caso
Artículo 37.o- Los municipios deberán organizar servicios adecuados
de recolección transporte y disposición final de basuras
Artículo 35.o- Se prohíbe descargar, sin autorización, los residuos,
basuras y desperdicios, y en general
Artículo 36.o- Para la disposición o procesamiento final de las basuras
restaurar los suelos
producir nuevos bienes
reutilizar los desechos
deterioro del medio ambiente y el ser humano
Artículo 34.o-En el manejo de residuos, basuras, desechos y desperdicios
Se señalarán medios adecuados para eliminar y controlar los
focos productores del mal olor
La investigación científica y técnica se fomentará para
Perfeccionar y desarrollar nuevos métodos para el tratamiento,
recolección, depósito, y disposición final de los residuos
sólidos, líquidos o gaseosos no susceptibles de nueva utilización.
Sustituir la producción o importación de productos de difícil
eliminación o reincorporación al proceso productivo
Reintegrar al proceso natural y económico los desperdicios
sólidos, líquidos y gaseosos, provenientes de industrias,
actividades domésticas o de núcleos humanos en general
Desarrollar los métodos más adecuados para la defensa del
ambiente, del hombre y de los demás seres vivientes
Subtema
Se utilizarán los mejores métodos, de acuerdo con los avances
de la ciencia y la tecnología