类别 全部 - distribución - requisitos - depósitos - aduanera

作者:maria alejandra sierra 5 年以前

195

Depositos

Los depósitos aduaneros autorizados por la DIAN juegan un papel crucial en la gestión y almacenamiento de mercancías tanto extranjeras como nacionales. Estos depósitos pueden ser de carácter público o privado, y su principal función es mantener las mercancías bajo control aduanero.

Depositos

Depósitos ( decreto 390 de 2016)

Centros de distribución logística internacional

Requisitos y obligaciones especiales
Presentar informes periódicos sobre la forma de distribución de la mercancia
Identificar por medios físicos o electrónicos la mercancía extranjera, la nacional y la que esta finalizando el régimen suspensivo.
Permanencia de la mercancía: un (1) año con posibilidad de prorroga hasta por un (1) año mas .
Depósitos de carácter PUBLICO, habilitados por la DIAN para el almacenamiento de mercancías extranjeras, nacionales o en proceso de finalización de un régimen suspensivo o de régimen de tranformación y/o ensamble.
Exportación
Importación
Re-embarque

Depósitos aduaneros

Tipos de depósitos aduaneros
Depósitos culturales o artísticos
Depósitos para el departamento de San Andres, Providencia y Santa Catalina.

Depósitos privados para el almacenamiento de mercancías destinadas a otros puertos

Salas de exhibición

Depósitos públicos para distribución internacional

Depósitos aduaneros aeronáuticos
Permanencia de la mercancía: un (1) año con posibilidad de prorroga hasta por un (1) año mas (a excepción de los depósitos aeronáuticos o artísticos en cuyo caso no existe periodo de permanencia)
Lugar habilitado por la DIAN para almacenar mercancías bajo el régimen de deposito aduanero. La mercancía permanecerá en este deposito hasta ser sometida a otro régimen de impo o expo.

Depósitos temporales

Tipos de depósitos temporales
Depósitos transitorios
Depósitos para los operadores de regímenes de trafico postal y de envíos de entrega rápida o mensajería expresa
Permanencia de la mercancía: puede permanecer solo por un (1) mes, con posibilidad de prorrogar hasta por un (1) mes mas.
De carácter publico (si se almacena mercancía de cualquier persona), o privado (si se almacena mercancía consignada al titular del deposito).
Lugar habilitado por la DIAN para almacenar mercancías bajo control aduanero. Ubicados en logares de ingreso y salida mercancías del TAN.

Depósitos habilitados

Pueden ser públicos o privados. Es la DIAN quien los habilita. Considerados como zona primaria aduanera. El depósito debe tener un titular.

Disposiciones generales

Prohibiciones
Consolidar o des consolidar. Transporte de carga o de agenciamiento aduanero.
Régimen de garantías
Garantizan el pago de las sanciones a que haya lugar en caso de incumplimiento de las responsabilidades y obligaciones.
Responsabilidad de los depósitos
Correcta ejecución de sus obligaciones conforme con el decreto 390.
Obligaciones especiales de los depósitos habilitados.
1 Disponibilidad 24/7. 2 Mantener integridad de los sistemas de información. 3 Adoptar medidas de seguridad adecuadas. 4 Poner los servicios logísticos a disposición para operaciones aduaneras. 5 Recibir en el puerto las mercancías consignadas. 6 Trasladar las mercancías al amparo de la planilla de entrega elaborada por el puerto 7 Recibir, custodiar y almacenar mercancías sujetas a control aduanero. 8 Elaborar planilla de recepción con servicios informáticos electrónicos. 9 Llevar registro de entrada y salida de mercancía en archivos electrónicos. 10 Dejar constancia de las inconsistencias o alteraciones.

Se estipulan 10 obligaciones mas, consignadas en el articulo 90 de la parte I de la sección VII (depósitos) del decreto 390 del 2016.

Operaciones permitidas sobre las mercancías
Conservación. Manipulación. Empaque. Re-empaque. Clasificación. Limpieza. Entre otros.

Depende del tipo de deposito y siempre y cuando no cambie o modifique la naturaleza de la mercancía o no afecte la base gravable para la liquidación de sus derechos e impuestos.

Depósitos de provisiones para consumo y para llevar

Permanencia de la mercancía: la mercancía podrá permanecer hasta dieciocho (18) meses (antes del vencimiento, la mercancía que no se haya utilizado, se puede cambiar a régimen de importación para el consumo con pago de impuestos y derechos a que haya lugar).
La habilitación solo se da dentro de los muelles o puertos y/o aeropuertos con operación internacional. (Solo se autoriza en zonas aledañas, en situaciones de poco espacio en el lugar establecido).
Lugares habilitados a las empresas de transporte internacional aéreo o marítimo, para almacenar mercancías bajo el régimen de provisiones de consumo o para llevar, de manejo de las mismas empresas.

Depósitos francos

Obligaciones especiales de los depósitos francos
Presentar informe del movimiento de ingreso y salida de las mercancías del depósito.
Utilizar señalizacion o etiqueta en envases de licor con la información requerida por la DIAN.
No existe termino de permanencia de la mercancía.
Habilitación únicamente en zona internacional demarcada dentro de puertos o aeropuertos con operación internacional.
Lugares de carácter PRIVADO, habilitados por la DIAN para el almacenamiento, venta y exhibición de mercancías a viajeros que salgan o ingresen al TAN.