类别 全部 - diversidad - igualdad - plurinacional - derechos

作者:WILSON ROLANDO NOGALES PEREZ 12 月以前

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FF.AA Y LOS DERECHOS COLECTIVOD DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

En Ecuador, la Constitución reconoce al país como un Estado plurinacional, lo que implica la coexistencia de múltiples nacionalidades y pueblos culturalmente diversos. Este marco legal busca eliminar las inequidades respetando la diversidad y garantizando derechos colectivos.

FF.AA Y LOS DERECHOS COLECTIVOD DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

FF.AA Y LOS DERECHOS COLECTIVOD DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN

Los enfoques de igualdad corresponden a los procesos de búsqueda de formas para eliminar las inequidades respetando la diversidad.

PUEBLOS INDIGENAS

El Estado Ecuatoriano al reconocerse como un Estado plurinacional, reconoce y admite la existencia de múltiples nacionalidades y pueblos culturalmente diferentes que lo conforman como Estado.17 PUEBLOS Y 15 NACIONALIDADES

MARCO JURÍDICO NACIONAL SOBRE LOS DERECHOS COLECTIVOS

La Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 1 reconoce al Ecuador como un Estado intercultural, plurinacional y laico y en los artículos 56, 57, 58, 59 y 60 define los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades, específicamente los derechos colectivos.

DERECHOS COLECTIVOS

Garantizan la protección de aquellos grupos que requieren de un tratamiento especial (mujer, pueblos indígenas y afrodescendientes, niños y niñas etc.)

EL RESPETO Y EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS SON RESPONSABILIDAD DEL ESTADO ECUATORIANO Y TODAS SUS INSTITUCIONES, TAMBIÉN SON RESPONSABILIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS.

La actual constitución describe a las FF.AA. como una institución de protección de los derechos, entre los que se encuentran los Derechos Colectivos de Pueblos y Nacionalidades reconocidos en la Constitución e Instrumentos Internacionales ratificados por el Ecuador.

PUEBLOS INDIGENAS EN LA ACTUALIDAD

Existen al menos 14 nacionalidades indígenas. Cada una mantiene su propio idioma y cultura.
El Consejo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos del Ecuador, define a los pueblos y nacionalidades indígenas como: “conjunto de pueblos milenarios anteriores y constitutivos del Estado ecuatoriano.
La actual Constitución de la República del Ecuador es la primera en garantizar la vigencia y promoción de derechos, tanto de las personas como de los pueblos, las nacionalidades indígenas y la naturaleza.

CONSTITUCION 2008, Art.57, NUMERAL 20

También manifiesta que el Estado deberá celebrar consultas eficaces con los pueblos indígenas interesados, utilizando procedimientos apropiados y en particular de sus instituciones representativas, antes de utilizar los territorios para actividades militares.
Que se limiten las actividades militares en territorios, las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas y del pueblo afroecuatoriano
La Intervención de Fuerzas Armadas en comunidades indígenas y afroecuatorianas, cumple con lo que la Constitución ordena.