En el contexto de la Ley 100 de 1993, se especifican los requisitos necesarios para acceder a la pensión de vejez. Originalmente, se establecía que las mujeres debían tener al menos 55 años y los hombres 60 años, aunque desde 2014 se modificaron las edades a 57 y 62 años respectivamente.
Se exceptúan de los requisitos establecidos en los numerales 1 y 2 del presente artículo, las personas que padezcan una deficiencia física, síquica o sensorial del 50% o más, que cumplan 55 años de edad y que hayan cotizado en forma continua o discontinua 1000 o más semanas al régimen de seguridad social establecido en la Ley 100 de 1993
Se considera justa causa para dar por terminada toda relación laboral, cuando el trabajador cumpla con los requisitos de este articulo y cuando sea reconocida y notificada la pensión.
Pasados 30 días y el empleado no solicita la pensión, el empleador puede solicitarla a nombre de el.
Para efectos de la presente ley se entiende que semana trabajada al periodo de 7 días calendario
Los fondos encargados reconocerán la pensión en un tiempo no superior a 4 meses después de la radicación de la solicitud.
Para el computo de las semanas se tendrá en cuenta
Cuando el traslado ocurra con satisfacción y el trabajador ya se afilie la entidad administradora dará un bono pensional o un titulo pensional.
El tiempo trabajado pero por omisión del trabajador no se afilio.
El tiempo que se trabajo como servidor publico remunerado, incluyendo el termino de servicio en regímenes execeptuados.
Las semanas cotizadas en cualquiera de los dos regimenes del sistema
Haber cotizado un mínimo de semanas para que se haga efectiva la pensión, la ley estipula un mínimo de 1000 semanas.
Desde el 2005 el número de semanas se incrementara subiendo a un total de 1050 semanas.
Desde el 2006 cada año se le sumaran 25 semanas a las semanas por cotizar hasta llegar a 1300 semanas en el 2015
Haber cumplido una edad mínima que se estipula 55 años para la mujer y 60 años para el hombre.
Desde el 2014 se empieza a tomar una nueva edad para las pensiones las cuales son 57 años para la mujer y 62 años para el hombre.