En Guatemala, los poderes del Estado se dividen en tres organismos principales: el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial, cada uno con sus funciones específicas. El Organismo Ejecutivo supervisa y coordina las acciones y políticas del gobierno, asegurando la implementación de la normativa y las directrices presidenciales.
El Organismo Legislativo de la República de Guatemala (OL) es uno de los organismos del Estado, que ejerce el poder legislativo. Es decir, que tiene la potestad legislativa para hacer las leyes que favorezcan al desarrollo integral del país, así como, procurar el bienestar común entre los habitantes.
Articulo 6 Órganos del congreso de la republica de Guatemala.
Personal técnico y administrativo
Los diputados
Organismo Judicial
Es uno de los organismos de la republica de Guatemala, el cual ejerce el poder judicial. En ejercicio de la soberanía delegada por el pueblo, imparte justicia conforme la Constitución Política de la Republica de Guatemala y los valores y normas del ordenamiento jurídico del país.
El organismo judicial es regulado en el texto fundamental en el titulo VII, el cual esta divido en cinco capítulos delicados, respectivamente, a disposiciones Generales; Corte Suprema de Justicia; Corte de Apelaciones y otros Tribunales; Tribunales de Amparo, y corte de Constitucionalidad.
La corte Suprema de Justicia
Jueces
Magistrados
Organismo Ejecutivo
Su función es Orientar, coordinar y supervisar acciones y políticas con los demás Ministerios del Estado Plurinacional de acuerdo al régimen normativo e instrucción presidencial. Promover, coordinar y supervisar y elaborar informes sobre el desempeño de la gestión pública por resultados.
La ley que lo sustenta es que desarrolla los preceptos constitucionales sobre la organización, atribuciones y funcionamiento del Organismo Ejecutivo. Establece la estructura orgánica y funciones de la Administración Pública.