类别 全部 - responsabilidad - estado - daño - abuso

作者:KATERINE ADRIANA ESPINOZA TORRICO 2 年以前

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RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DE LOS ESTADOS

La responsabilidad internacional de los estados se refiere a la obligación de reparar los daños causados por hechos ilícitos. Esta responsabilidad puede originarse de diferentes normas y conductas atribuidas al Estado, ya sea por acciones del órgano legislativo, judicial o ejecutivo.

RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DE LOS ESTADOS

RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DE LOS ESTADOS

CRIMENES DE LESA HUMANIDAD

Aquellos crímenes que dañan a la humanidad. Hablamos de delitos especialmente graves, que suponen un ataque contra derechos humanos fundamentales.
CRIMENES DE AGRESION
CRIMENES DE GUERRA
GENOCIDIO

Las teorías modernas respecto a la responsabilidad de los estados

LA DOCTRINA DE DRAGO
LA DOCTRINA DE CALVO

LA PROTECCION DIPLOMATICA

La protección diplomática se ejercita con una triple finalidad: a.Prevenir la violación de normas internacionales relativas a extranjeros. b.Hacer cesar una actividad de carácter ilícito. c.Obtener una reparación.
Reclamación de un Estado frente a otro Estado que ha cometido un hecho ilícito internacional
procede cuando: se comete un hecho ilícito internacional en perjuicio de un nacional o nacionales de otro Estado

Infracción de una norma de Derecho Internacional

La jurisprudencia internacional establece actualmente la responsabilidad internacional a dos condiciones:
•La Imputabilidad del agente. •La ilicitud del hecho.

RESPONSABILIDAD DEL ORGANO LEGISLATIVO

RESPONSABILIDAD DEL ORGANO EJECUTIVO
•Cuando mediante éste órgano cometa abuso de poder de manera interna y enfocado internacionalmente.
RESPONSABIILIDAD DEL ORGANO JUDICIAL
•Cuando el Estado limita a los extranjeros el acceso a la justicia.
Cuando a través del Órgano Legislativo se desconocen los derechos de los extranjeros o en general el derecho internacional

Responsabilidad por hechos no prohibidos

DISTINTO FUNDAMENTO, NATURALEZA DIFERENTES, ATRIBUCION DE CONDUCTA DEL ESTADO, DAÑO

Responsabilidad de las Organizaciones Internacionales

Todo hecho internacionalmente ilícito de una organización internacional genera su responsabilidad internacional.
El comportamiento de un órgano o agente de una organización internacional en el desempeño de sus funciones se considerará como un hecho de la Organización según el Derecho internacional.

el comportamiento que no sea atribuible a la organización, se considerará como hecho de esa organización en el caso y en la medida en que la misma reconozca y adopte como propio el comportamiento en cuestión.

FUNDAMENTO DE LA RESPONSABILIDAD DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES

Al establecerse la condición de sujeto de Derecho Internacional de una Organización internacional, resulta evidente su condición de titular de derechos y deberes internacionales,
así como su capacidad para hacer valer aquéllos y para cumplir o, por el contrario, quebrantar éstos.

Responsabilidad por hechos Ilícitos

DISTINTO FUNDAMENTO, NATURALEZA DIFERENTE DE LAS NORMAS, ATRIBUCION DE CONDUCTA DEL ESTADO, DAÑO

Fundamento de la Responsabilidad Internacional de los Estados

Corriente subjetiva o teoría de la culpa, el estado además, debe constituir una falta, sea por omisión, dolo, negligencia, etc.
Corriente Objetiva, Teoría del riesgo o de la Responsabilidad Objetiva, todo daño con o sin culpa debe ser reparado

Segun BASDEVANT es una institución jurídica en virtud de la cual todo Estado al que sea imputable un acto que el Derecho Internacional repute ilícito, debe una reparación al Estado en cuyo perjuicio se haya realizado dicho acto”

Elementos constitutivos de la Responsabilidad
a. La existencia de un acto u omisión que viole una obligación prevista en una norma vigente entre el Estado responsable y el Estado perjudicado b. El acto ilícito debe ser imputable al Estado como persona jurídica c. Debe haberse producido un perjuicio o daño como consecuencia del acto ilícito

NATURALEZA JURIDICA

Un Estado reclama a otro un daño sufrido y pide resarcimiento:
a. Un agravio directo b. Una infracción del Derecho Internacional c. Un daño sufrido por un nacional

La violacion de una norma genera responsabilidad