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af Hansell Romero 1 år siden

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Acto administrativo. Silencio administrativo

En el contexto del derecho administrativo, los actos y procedimientos administrativos tienen impactos significativos sobre los derechos y libertades de los interesados. Un punto central es la validez de los actos, especialmente cuando se adquieren derechos sin cumplir los requisitos esenciales.

Acto administrativo. Silencio administrativo

En los procedimientos en los que se ejercite potestades susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen, se producirá la caducidad

En el caso de procedimientos de los que pudiera tener efectos positivos para el interesado, éstos podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo

En procedimientos iniciados por la Administración

La resolución expresa posterior a éste podrá confirmar el mismo o ser contraria

La resolución posterior a éste debe ser confirmatoria del mismo

Si se ha producido silencio administrativo negativo

Si se ha producido silencio administrativo positivo

Los procedimientos de impugnación de actos y disposiciones

Que los procedimientos que tengan como consecuencia que se transfieran facultades relativas al dominio público

Que una Ley o similar establezca lo contario

Se pueden tomar como silencio administrativo las solicitudes salvo

En procedimientos iniciados por el interesado

Efectos

La administración está obligada a resolver todos los procedimientos y notificarlos en un plazo máximo de 6 meses

Negativo

Positivo

EL SILENCIO ADMINISTRATIVO

Fuera del tiempo establecido para sólo implicará la anulabilidad del acto

Se dará la anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables

Cuando solo arregla sus errores

Acto irregular

Sus efectos pasado siguen siendo válidos

Deja de producir efectos en el momento que es anulado

Acto anulable

Por los que actos por los que se adquieran facultades o derechos cuando no se tengan los requisitos esenciales para su adquisición.

Sean dictados sin seguir el procedimiento legalmente establecido

Sean de infracción penal o consecuencia de ésta

Tengan contenido imposible de cumplir

Lesionen derechos y libertades de amapro constitucional

Son nulos los actos de pleno derecho que

sus efectos no son válidos y es como si nunca hubiera existido

Acto nulo

Cuando algún elemento está incorrecto

Cuando falta algún elemento

Acto administrativo inválido

NULIDAD Y ANULABILIDAD

COMUNICACIÓN DE UN ACTO ADMINISTRATIVO

La forma de poner éste en conocimiento del ciudadano.

Hay dos forma de comunicación:
PUBLICACIÓN

cuando el acto va destinado a una pluralidad indeterminada de personas

La publicación es la comunicación de un acto administrativo cuando éste va destinado a una pluralidad indeterminada de personas

NOTIFICACIÓN

Cuando el acto va dirigido a una persona o conjunto de personas determinadas

Se notificarán:

resoluciones y actos administrativos

10 días a partir que se dicta el acto

deberán contener:

las notificaciones se realizarán por medios electrónicos

los recursos que se podrían poner

el texto íntegro del acto o de la resolución, con indicacion de si es o no definitivo

momento de producir los efectos

Las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo

desde la fecha que se dicten
Tiene varias excepciones :

eficacia retroactiva

efectos hacia un momento anterior a que el acto se dicte

dicten en sustitución de actos anulados cuando produzcan efectos favorables al interesado

Eficacia demorada

fecha posterior a la quese dicten

cuando lo exija el contenido del acto

EFICACIA DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVO

Acto administrativo. Silencio administrativo

Ejecutoriedad de los actos administrativos

Características:
Ejecución forzosa:si los ciudadanos no actúan, puede realizar por sí sola lo que el acto administrativo indica

Medios:

Multa coercitiva:sólo se puede imponer cuando así lo determine una LeySe pueden poner multas coercitivas cuando:

Sólo se puede usar si una Ley expresamente lo autoriza.

El acto imponga una obligación personalísima

Se trate de actos en los que procediendo la compulsión directa, la Administración no lo estime conveniente.

Se trate de actos personalísimos

Ejecución subsidiaria: si se trata de un acto quepuede ser realizado por un sujeto distinto del obligado

Apremio sobre el patrimonio: si el particular tuviera que pagar una cantidad líquida, y éste no la pagara, la Administración puedesin acudir a los tribunalescobrar dicha deuda

Ejecutoriedad: se presumen legítimos y son suficientes para su ejecución.

ELEMENTOS

FORMALES
COMUNICACIÓN

A varias personas

Publicarlo

A una persona

Comunicárselo

FORMA DE EXTERIORIZARLOS

Por escrito

MOTIVACIÓN

Razonamiento y justificación

por regla general

No deben serlo

Obligatorio en los siguientes supuestos

Actos en el ejercicio de potestades y los realizados en virtud de leyes o reglamentos

Propuestas de resolución a procedimientos sancionadores.

Subtopic

Actos que rechacen pruebas propuestas por interesados

Acuerdos tomados por urgencia, para ampliar plazos y y actuaciones complementarias

Acuerdos de suspensión de actos y medidas provisionales del artículo 56.

Resolución de revisión de actos administrativos recursos administrativos, procedimientos de arbitraje y los que declaren inadmisión

Actos con criterio más allá del adoptado anteriormente o del dictado por otros órganos consultivos

Actos que afecten a derechos e intereses legítimos del sujeto

PROCEDIMIENTO

Tramites con los que se crea el acto

CAUSA
RAZÓN
FIN
META

Interés público

Si no

Desviacion de poder

Anulable

OBJETIVO
CONTENIDO

Voluntad, conocimiento, juicio o deseo en que se basa

SUBJETIVOS
PASIVO

Destinatario del acto

ACTIVO

Quien dicta el acto

Debe ser AAPP y mas concretamente, órgano competente

Si lo dicta órgano incompetente

Anulables

Por materia/territorio

Nulos de pleno derecho

Tipos de competencia

Por jerarquía

Por materia

Por territorio

CLASES:

Según la forma de manifestarse:
Conjuntos.
Tácticos.
Expresos.
Según los sujetos que lo emitan:
Simples.
Complejos.
En cuanto a revisión judicial:
Definitivos.
De trámite.
Según la extensión de sus efectos jurídicos:
Concretos.
Generales.
Según los efectos en particulares:
De gravamen.
Favorables.

CARACTERÍSTICAS:

Presunción de legitimidad.
Ejecutoriedad
Revocabilidad.
Unilateralidad.
Debe estar sometido al Derecho Administrativo.
No toda actuación de una A.P .se considera acto Administrativo.

¿QUÉ ES?

Son actos que realiza una Administración Pública.
Sometidos al Derecho Administrativo.