af Aracely Torres 2 år siden
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HUELGAS PAROS FRACC. XVII-XIX Las leyes reconocerán como un derecho de los obreros y patronos, las Huelgas y los Paros. Las huelgas serán lícitas cuando tengan por objeto conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción. Los paros serán lícitos únicamente cuando el exceso de producción haga necesario suspender el trabajo para mantener los precios en un límite costeable
CREDITOS A FAVOR DE LOS TRABAJADORES, EN CASO DE CONCURSO O QUIEBRA FRACC. XXIII - XXIV De las deudas contraídas por los trabajadores a favor de sus patronos, de sus asociados, familiares o dependientes, sólo será responsable el mismo trabajador, y en ningún caso y por ningún motivo se podrá exigir a los miembros de su familia, ni serán exigibles dichas deudas por la cantidad excedente del sueldo del trabajador en un mes.
CONTRATOS COLECTIVOS FRACC. XXII Bis Los procedimientos y requisitos que establezco la ley para asegurar la libertad de negociación colectiva y los legítimos intereses de trabajadores y patrones, estos deberán de garantizar la representatividad de las organizaciones sindicales y dar certeza en la firma, registro y depósito de los contratos colectivos de trabajo
COOPERATIVAS PARA LA VIVIENDA FRACC. XXX Asimismo serán consideradas de utilidad social, las sociedades cooperativas para la construcción de casas baratas e higiénicas, destinadas a ser adquiridas en propiedad, por los trabajadores en plazos determinados.
HIGIENE Y SEGURIDAD EN LOS CENTROS DE TRABAJO FRACC. XV El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo
DESPIDO INJUSTIFICADO FRACC. XXI-XXII El patrono que despida a un trabajador sin causa justificada esté, estará obligado a indemnizarlo con el importe de tres meses de salario además de la responsabilidad que resulte del conflicto
PROTECCIÓN A LA EMIGRACIÓN DE TRABAJADORES FRACC. XXVI Todo contrato de trabajo celebrado entre un mexicano y un empresario extranjero, deberá ser legalizado por la autoridad municipal competente y visado por el Cónsul de la Nación a donde el trabajador tenga que ir, en el concepto de que además de las cláusulas ordinarias, se especificará claramente que los gastos de repatriación quedan a cargo del empresario contratante.
RUBROS QUE DEBE INCLUIR LA LEY DEL SEGURO SOCIAL FRACC. XVIII - XXIX Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores
APLICACIÓN DE LAS LEYES EN MATERIA LABORAL FRACC. XXXI La aplicación de las leyes del trabajo corresponde a las autoridades de las entidades federativas, de sus respectivas jurisdicciones, pero es de la competencia exclusiva de las autoridades federales en los asuntos relativos a: A) Ramas industriales y servicios, a) Empresas y b) Materias B) Entre los poderes de la unión y sus trabajadores
RIESGOS DE TRABAJO FRACC. XIV -XV Los empresarios serán responsables de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, pagarán a indemnización si fuese causa de muerte o simplemente incapacidad temporal o permanente para trabajar
DESACATO ALLAUDO Y NO ACEPTACIÓN DEL ARBITRAJE FRACC. XXI Si el patrono se negare a someter sus diferencias al arbitraje o a cumplir con la resolución, se dará por terminado el contrato de trabajo y quedará obligado a indemnizar al obrero con el importe de tres meses de salario, además de la responsabilidad que le resulte del conflicto.
BOLSA DE TRABAJO FRACC. XXV El servicio para la colocación de los trabajadores será gratuito para éstos, ya se efectúe por oficinas municipales, bolsas de trabajo o por cualquier otra institución oficial o particular.
PATRIMONIO FAMILIAR FRACC. XXXVIII Las leyes determinarán los bienes que constituyan el patrimonio de la familia, bienes que serán inalienables, no podrán sujetarse a gravámenes reales ni embargos, y serán transmisibles a título de herencia con simplificación de las formalidades de los juicios sucesorios.
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO B XII Los conflictos individuales, colectivos o intersindicales serán sometidos a un tribunal federal de conciliación y arbitraje integrado según lo prevenido por la ley reglamentaria
SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL B XI La seguridad social cubrirá los accidentes y enfermedades profesionales, las no profesionales y maternidad; la jubilación, la invalidez y muerte, los familiares de los trabajadores tendrán derecho a asistencia medica y obstétrica, de medicinas
DERECHOS DE LOS EMPLEADOS DE CONFIAMZA B XIV La ley determinará los cargos que serán considerados de confianza. Las personas que los desempeñen disfrutarán de las medidas de protección al salario y gozarán de los beneficios de la seguridad social
El artículo 123 resume las bases del derecho de trabajo, individual y colectivo, del derecho procesal del trabajo, del derecho de la seguridad social y del derecho burocrático
SINDICALIZACIÓN Y HUELGA B X Los trabajadores podrán sindicalizarse para la defensa de sus intereses comunes, podrán hacer uso de su derecho a huelga, previo cumplimiento de los requisitos que determine la ley
RÉGIMEN DE EXCEPCIÓN PARA FUERZAS ARADAS B XIII Los militares, marino, personal del servicio exterior, agentes del ministerio público, peritos y los miembros de las instituciones policiales, se regirán por sus propias leyes