Ministerio de la Economía Nacional.
Ley 96 de 1938. Se fusionan los Ministerios de Industria y Trabajo y Agricultura y Comercio.
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Otros Órganos
Banco de la Republica (Ley 25 de 1923)
Funcionamiento electoral (Título XVII Constitución de 1886)
Distritos electorales
Para elegir representantes a la Cámara
Jueces de escrutinio
Decide sobre la validez o nulidad de las actas, elecciones o votos
Para elegir senadores
Asambleas electorales
Para elegir al presidente y al vicepresidente
Ordenamiento Territorial (Art. 2 AL 001 de 1936)
Comisarias
Amazonas, Guainía, Guaviare, Vaupés y Vichada
Concejo comisarial
Comisarios
Intendencias
Arauca, Casanare, Putumayo, San Andrés-Providencia-Santa Catalina
En lo administrativo se encuentra relegado a las dispocisiones del gobierno central. En manos del departamento administrativo de Intendencias y Comisarias.
Departamentos
Se divide en Municipios o distritos municipales
Órganos de Control (dependientes del Ejecutivo)
Contraloria General de la Republica (Ley 42 de 1923) Pedro Nel Ospina
Ministerio Publico (Art. 142 AL 001 de 1936)
Fiscales de los tribunales superiores de distrito
Procuraduria General de la Nacion
Ramas del Poder publico
Judicial (Titulo V Art 58)
Tribunales superiores de distrito
Senado (parcialmente)
Juzgar a los altos funcionarios del Estado (acusados por la Cámara de representantes) Art. 102 No. 4, Art. 151 No.6 - Constitución de 1886
Juzgados inferiores
Consejo de Estado
Jurisdicción de lo contencioso administativo
Salas o secciones
Corte Suprema (Dividida en Salas)
Ejecutivo (Art. 22 AL 001 de 1936)
Alcaldia(Municipal) Tít. XVIII
Acción administrativa en el distrito
Concejos municipales
Ordenar lo conveniente para la administración del distrito
Ordenar, por medio de acuerdos, lo conveniente para la administración del distrito; Votar la ley y las ordenanzas, las contribuciones y gastos locales; Determinar la estructura de la administración municipal las funciones de las diferentes dependencias y las escalas de remuneración; Crear, a iniciativa del Alcalde, los establecimientos públicos, sociedades de economía mixta y empresas industriales y comerciales, conforme a las normas que determine la ley; Expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos del Municipio, con base en el proyecto presentado por el Alcalde; Elegir Personeros y Contralores Municipales cuando las normas vigentes lo autoricen y los demás funcionarios que la ley determine; Autorizar al Alcalde para celebrar contratos, negociar empréstitos, enajenar bienes municipales.
Gobernación (Departamento) Tít. XVIII
Jefe superior de la administración departamental
Asambleas departamentales
1 diputado por cada 12.000 habitantes
Reglamentar la prestación de los servicios a cargo del Departamento; Fijar, a iniciativa del Gobernador, los planes y programas de desarrollo económico y social departamental, así como los de las obras públicas que hayan de emprender o continuarse. Fomentar las empresas, industrias y actividades convenientes al desarrollo cultural, social y económico del Departamento, y que no correspondan a la Nación o a los Municipios; Crear y suprimir Municipios, segregar o agregar términos municipales y fijar límites entre los Distritos, llenando estrictamente los requisitos que establezca la ley; Determinar la estructura de la administración departamental, las funciones de las diferentes dependencias y las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos; Crear los establecimientos públicos, sociedades de economía mixta y empresas industriales y comerciales, conforme a las normas que determine la ley; Expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos del Departamento; Organizar la Contraloría Departamental y elegir Contralar para un período de dos años; Reglamentar lo relativo a la policía local en todo aquello que no sea materia de disposición legal.
Gobierno Nacional
Control del orden publico. Promulgar leyes sancionadas
Jefes superiores de adminstración
Órgano de comunicación del Gobierno con el Congreso
Presentan proyectos de ley, hacen parte de los debates y aconsejas al presidente sobre la sanción de una ley
Legislativa (Art.22 AL 001 de 1936)
Congreso (Nacional) Art.58 Constitución de 1886
Cámara de Representantes
Senado
Ministerios
Ministerio de Correos y telégrafos
Ley 31 de 1923. Organismo encargado de fijar las políticas de planeación y desarrollo en los campos de la telegrafía y el correo
Ministerio de hacienda y crédito público
Se crea bajo el marco de la Misión Kemmerer mediante la Ley 31 de 1923, donde se crean nuevos mecanismos de administración y recaudo de rentas nacionales.
Ministerio de Obras Publicas.
1905 Buscaba atender los bienes nacionales, las minas, petróleos, patentes de privilegio y registros de marcas, los ferrocarriles, caminos, puentes, edificios nacionales y tierras baldías.
El Decreto 968 del 18 de mayo de 1940 estableció por primera vez el Ministerio de Minas y Petróleos
Subtema
Ministerio de Educacion Nacional
Ley 56 de 1927
Ministerio de minas y petroleos
Ministerios de Industrias y trabajo
Se crea mediante la Ley 96 de 1938. Inicialmente se llamó Ministerio del Trabajo, Higiene y Previsión Social.
Ministerio de Agricultura y Comercio.
Creado por la ley 25 del 8 de octubre de 1913
Ministerio de Guerra
En 1886 pasa de ser secretaria a Ministerio.
Ministerio de Relaciones Exteriores
Ley 114 de 1937, en esta se le confirió al gobierno autorización al Gobierno para reorganizar el
Ministerio y para crear la Carrera
Diplomática y Consular.
Ministerio de Gobierno
Funciones de Gendarmería Nacional, Archivo Nacional, correos y telégrafos, higiene y salubridad. Igualmente fue el encargado del sistema penitenciario (1886)
Intendencia de Telegrafos
Ley 7 de 1886
El Despacho administrativo del Gobierno se dividirá en siete Ministerios
De Gobierno De Relaciones Exteriores De Hacienda
De Guerra De Instrucción Pública Del Tesoro y
De Fomento