Funcionamiento del poder político
Elementos de existencia del acto jurídico
Los elementos de existencia del
acto jurídico son la voluntad, el objeto
y se discute acerca de la solemnidad.
Los elementos de existencia del
contrato.- Son el consentimiento y
objeto que pueda ser materia del
contrato
Objeto, motivo o fin lícitos.- Que
no estén en contra de la ley o las
buenas costumbres.
Vicios del consentimiento.- Los
vicios del consentimiento que
están previstos en la ley son el
dolo, la mala fe, la violencia y el
error. La doctrina agrega la lesión,
ignorancia, el miedo y el temor
La capacidad.- En principio todas
las personas pueden contratar
menos las que estén exceptuadas
por la ley, la le no deja contratar a
las personas que no tienen
capacidad de ejercicio, es decir,
interdictos o menores de edad.
El objeto del acto jurídico.- Se
divide en dos: objeto directo que
consiste enEl un dar, hacer y no
hacer y en objeto indirecto que es
la cosa que se da o el hecho que
se hace o no se hace.
La voluntad.- Puede ser expresa, es
decir, por medio de palabras,
signos que estén claros o por
escrito, o tácita que se refiere a
actos o hechos que se realicen y
que por estos se pueda presumir
que se exterioriza la voluntad.
Acto Jurídico
Manifestación de la voluntad para crear, transmitir,
modificar o extinguir derechos y obligaciones, y
produce el efecto deseado por el actor, toda vez que
la ley protege esa voluntad, jurídico es aquel que su
realización importa al derecho, hay hecho que no
importan al derecho ya que no producen
consecuencias de derecho, es decir, no tiene como
consecuencia la transmisión, modificación creación o
extinción de derechos y obligaciones.
Cláusulas naturales, esenciales y accidentales
Cláusulas accidentales.- Son
aquellas que se pueden o no
pactar, que son adicionales al
contrato
Cláusulas esenciales.- Son las que le dan la esencia al contrato, es decir, hacen que un contrato sea uno y no otro.
Personas afectadas por el acto
jurídico.- Las personas afectadas
por el acto jurídico son aquellas
que intervienen en el mismo, es
decir, el acreedor el cual tiene la
facultad de exigirle al otro llamado
deudor un dar, hacer o no hacer.
Cláusulas naturales.- Son aquellas
que aunque no han sido pactadas
por las partes se entienden
implícitas al contrato.
En el derecho civil, la teoría más ambiciosa y que más preocupaciones y
debates ha generado es la teoría del negocio jurídico, también llamada del acto jurídico. Somos conscientes que ingresar en un debate profundo sobre estas teorías, requeriría de una erudición que aún no poseemos, sobre todo porque las fuentes se encuentran en otros idiomas, pero nuestra intención no es cuestionarlas, sino sólo exponerlas.
Subtopic
Rescisión
La rescisión es una forma particular
de ineficacia del contrato que
procede de un momento posterior
a la celebración del mismo. Las
causas de rescisión se pueden
clasificar principalmente en dos
grupos distintos
La rescisión por fraude
es el caso de los contratos celebrados en fraude de acreedores
cuando éstos no puedan cobrar de otro modo lo que se les deba , los
contratos que se refieran cosas litigiosas, cuando hubiesen sido
celebrados por el demandado sin conocimiento y aprobación de las
partes litigantes o de la Autoridad judicial competente, y los pagos
hechos en estado de insolvencia por cuenta de obligaciones a cuyo
cumplimiento no podía ser compelido el deudor al tiempo de
hacerlos.
La rescisión por lesión
esto es, por el perjuicio patrimonial causado a uno de los sujetos del
negocio; es el caso de los contratos que pudieran celebrar los tutores sin
autorización judicial, siempre que las personas a quienes representan hayan
sufrido lesión en más de la cuarta parte del valor de las cosas que hubiesen
sido objeto de aquéllos, los celebrados en representación de los ausentes
La doctrina del Derecho dando respuesta
a la pregunta, lo define como una
declaración de voluntad entre particulares
para obtener un resultado. Así, la
declaración de voluntad no solo constituye
el negocio jurídico sino que el resultado
produce unos efectos reconocidos y
regulados por el Derecho.
Anulabilidad
Un negocio jurídico anulable es aquel que reuniendo los
requisitos esenciales y no contraviniendo ninguna norma
imperativa, incurre en otros defectos. En estos supuestos la
anulabilidad dependerá exclusivamente de que el titular del
interés protegido ejercite la correspondiente acción. El
contrato anulable puede ser confirmado. También es posible
que la nulidad sea parcial, esto es, que afecte a
determinados aspectos del negocio.
Nulidad absoluta
La nulidad absoluta es el supuesto
más grave de ineficacia y tiene
lugar cuando el acto es contrario a
las normas imperativas o
prohibitivas o cuando no tiene
existencia por carecer de alguno
de sus elementos esenciales.
¿Cómo se extingue un negocio jurídico?
El negocio jurídico se extingue cuando se
obtiene el resultado deseado o cuando una
de las partes incumple las condiciones del
negocio.
Por ejemplo, si deseamos comprar un
coche, el negocio jurídico se produciría al
firmar el contrato de compraventa y se
extinguirá con el pago del precio y la
entrega del vehículo.
elementos de un negocio jurídico
Elementos accesorios: son los que
por mera voluntad de los sujetos
pueden integrar en el negocio
jurídico.
Elementos naturales: son aquellos
que se encuentran contemplados
en las normas, pero que los sujetos
pueden o no incluir en el negocio
jurídico
Elementos esenciales: son los que
de manera obligatoria deben
formar parte del negocio jurídico
para que considerarlo válido y
eficaz.