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af melvin vargas 6 år siden

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Ley de Firmas Electronicas en Honduras

Honduras ha implementado una ley que regula y reconoce las firmas electrónicas, dándoles la misma validez jurídica que las firmas manuscritas. La Dirección General de Propiedad Intelectual, bajo el Instituto de la Propiedad, actúa como Autoridad Acreditadora, encargada de autorizar y supervisar a las Autoridades Certificadoras, así como imponer sanciones y realizar auditorías.

Ley de Firmas Electronicas en Honduras

Ley de Firmas Electronicas en Honduras

Esta ley tiene como objetivo primordial reconocer y regular el uso de firmas electrónicas aplicable en todo tipo de información ya sea en forma de mensaje de datos, otorgándoles, la misma validez y eficacia jurídica que el uso de una firma manuscrita.

Autoridad Certificadora

Hace referencia a las personas naturales o jurídicas que prestan el servicio de certificación de firmas electrónicas tanto publicas como privadas.

Actividades
Ofrecer servicio de archivo
Ofrecer el servicio de creación de firmas electrónicas
Emitir certificados
Crear un registro electrónico de los certificados
Permitir la realización de auditorias
Emitir certificados al solicitante
Garantizar la confidencialidad
Implementar sistemas de seguridad

Suscriptores

Responsabilidades

El suscriptor sera el único responsable de:

Emision
Error
Falsedad
Deberes
Solicitar la revocación de los certificados
Mantener el control de las firmas electronicas
Recibir la firma electronica

Autoridad Acreditadora

La dependencia legalmente facultada para actuar como Autoridad Acreditadora sera la Dirección General de Propiedad Intelectual dependiente del Instituto de la Propiedad (IP).

Funciones
Velar por las disposiciones constitucionales
Imponer sanciones
Revocar o suspender autorizaciones
Realizar auditorias
Velar por el funcionamiento y eficiente prestación del servicio
Autorizar a las autoridades certificadoras