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af jorge panesso 7 år siden

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Mapa conceptual de clasificación 2

Los bienes pueden clasificarse de diversas maneras según su naturaleza y características jurídicas. Se destacan los bienes divisibles y los indivisibles, los cuales pueden afectar la funcionalidad de ciertos negocios jurídicos como las hipotecas y las prendas.

Mapa conceptual de clasificación 2

su entorno analítico pertenece al derecho publico.

cosas publicas

pertenecen al derecho civil y son objetos de estudio del código civil.

cosas privadas

Cosas privadas y publicas

fungibles

son las cosas que en el comercio jurídico se determinan según su número, medida o peso, y que por regla general son sustituibles entre si.

son las que están integradas por un conjunto o agrupación de cosas singulares que, aunque no tienen entre si una relación intima, se consideran como un todo por su destinación común y por pertenecer a una persona.

cosas universales

cuando está reducida a la unidad y compuesta por un conjunto de cosas singulares simples.

singulares complejas

cuando tiene una compactación física y económica de sus componentes, que no permite aislarlos natural o artificialmente.

singulares simples

son aquellas que están reducidas a una unidad.

cosas singulares

Cosas singulares y universales

las cosas son futuras cuando no existen al momento de la constitución de la relación jurídica, pero que se espera que exista en un futuro.

cosas futuras

las cosas son presentes cuando tienen una existencia real al momento de la celebración del negocio jurídico.

cosas presentes

Cosas presentes y futuras

son las cosas que necesitan de una cosa principal para subsistir.

cosas accesorias

son las cosas que pueden subsistir por si solas

cosas principales

Cosas principales y accesorias

cuando el todo de una cosa se fracciona o se destruye y su función desaparece.

indivisibilidad material

las obligaciones que por naturaleza son divisibles, para una correcta funcionalidad de ciertos negocios jurídicos: como la hipoteca y la prenda.

indivisibilidad de pago

la que admite una división intelectual o imaginaria, aunque materialmente no admita fraccionamiento.

divisibilidad intelectual

cuando la división de la cosa no implica que sus porciones se reduzcan o fraccionen con detrimento del todo.

divisibilidad material

jurídicamente la divisibilidad de las cosas pueden ser: material, intelectual y de pago.

Cosas divisibles e indivisibles

Cosas de especie o cuerpo cierto y de genero

de genero

cuando apenas de se determina por sus caracteres generales.

de especie o cuerpo cierto

cuando esta determinado de tal manera que se hace totalmente diferenciable de las demás de su especie.

Cosas consumibles e inconsumibles

inconsumibles

cuando a pesar de ser usado no desaparece.

consumibles

cuando desaparece por el primer uso que se haga de ella, como los alimentos.

cuando la establece el legislador, como el caso de la moneda.

fungibilidad legal

cuando el hombre mediante un juicio de valor,equipara varias cosas con características diferentes que, por razón de su uso o equivalencia económica, desempeñan para él un mismo papel.

fungibilidad subjetiva

cuando la misma naturaleza de las cosas las hace comparables o liberales entre si.

fungibilidad objetiva

Cosas fungibles y no fungibles

infungibles

las cosas que tienen unas característica especiales que las hace diferentes a las demás.

DIFERENTES TIPOS DE COSAS