La normativa establece que los empleadores deben implementar y mantener programas permanentes de salud ocupacional en los lugares de trabajo, con el objetivo de asegurar la salud y seguridad de los trabajadores.
Trabajos con mas de un turno el programa debe aplicarlos a todos
Los subprogramas de Medicina Preventiva, del Trabajo, de
Higiene y Seguridad Industrial de las empresas y lugares de trabajo
Subprograma de medicina preventiva del trabajo
Servicio oportuno de primeros auxilios
Realizar exámenes médicos
Subprogramas de higiene y seguridad industrial
Mantener estadísticas de accidentes de trabajo
Identificar agentes,riesgos físicos, químicos y bilógicos
El programa de Salud Ocupacional será evaluado por la
empresa, como mínimo cada seis (6) meses y se reajustará cada año
Evaluación de los programas de Salud Ocupacional
Tasas específicas de enfermedades profesionales
AUSENTISMO
Indices de frecuencia y severidad de accidente de trabajo.
Articulo 3 y 5
Esta constituido por:
Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial.
Subprograma de Medicina del Trabajo.
Subprograma de Medicina Preventiva.
Programa de salud ocupacional
Contratados con una entidad que preste tales servicios, reconocida por el
Ministerio de Salud para dichos fines
En conjunto con otras empresas.
Exclusivos y propios para la empresa.
El programa de Salud Ocupacional consiste:
mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores
Medicina Preventiva
Planeación
Consideraciones
Que los patronos o empleadores deben responder por la ejecución del
programa permanente de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo.
Que es obligación de los patronos o empleadores velar por la salud y
seguridad de los trabajadores a su cargo.
Trata:
Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de
los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los
patronos o empleadores en el pais