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por Daniel Barcia Castro hace 5 años

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Actividad - Órganos de Gobiernos - Daniel Barcia Castro - 20200114

Los órganos de gobierno de un centro educativo están compuestos por el equipo directivo, que trabaja bajo las instrucciones del director. La selección del director se realiza mediante un proceso que involucra a la comunidad educativa y a la Administración educativa, basado en principios de igualdad, mérito y capacidad.

Actividad - Órganos de Gobiernos - Daniel Barcia Castro - 20200114

Funciones: - Controlar y coordinar todo lo relativo al régimen académico. - Sustituir al Director cuando no exista Vicedirector. - Coordinar las actividades de ciclos. - Elaborar horarios. - Coordinar e impulsar la participación de los alumnos en el centro. - Control de asistencia al trabajo.

ÓRGANOS DE GOBIERNO

Responsables de la administración, gestión y organización pedagógica

Equipo Directivo Órgano ejecutivo de gobierno de los centros.

Trabajará de forma coordinada con las instrucciones del director/a.



Secretario/a.

Requiere dedicación, orden, sistematicidad y honradez personal.

Funciones: - Ordenar el régimen administrativo y económico. - Custodiar la documentación administrativa y académica. - Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado. - Custodiar y organizar recursos y medios didácticos.

Asume las competencias pedagógicas del equipo directivo

Director/a.

Artículo 133. (Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre)

1. La selección del director se realizará mediante un proceso en el que participen la comunidad educativa y la Administración educativa.

2. Se efectuará mediante concurso de méritos entre profesores y profesoras funcionarios de carrera que impartan alguna de las enseñanzas encomendadas al centro.

3. Se realizará de conformidad con los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad.»

Funciones: - Dirigir y coordinar los aspectos de carácter organizativo, representativo y de gestión. - Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro. - Garantizar el cumplimiento de las leyes y ejecutar los acuerdos alcanzados en los órganos de gobierno. - Favorecer la convivencia y promover procedimientos para la resolución de conflictos. - Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros y autorizar los gastos.

Claustro de Profesores Está constituido por la totalidad de los profesores que prestan servicios en el centro.


Funciones: - Planificar, coordinar, informar y decidir sobre aspectos educativos. - Elaborar propuestas para proyectos del centro y de la programación general anual. - Fijar criterios para para orientación, tutoría, evaluación y recuperación. - Promover iniciativas de experimentación e investigación pedagógica. - Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar. - Participar en la selección del director, conocer los candidatos y los proyectos de dirección. - Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, del rendimiento escolar. - Analizar y valorar los resultados de las evaluaciones ext/internas. - Conocer la resolución de conflictos disciplinarios. - Proponer medidas e iniciativas para la convivencia en el centro.

Se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. En todo caso, será preceptivo, además, una sesión de Claustro al principio del curso y otra al final del mismo.



La asistencia a las sesiones del Claustro será obligatoria para todos los miembros.

Consejo Escolar A través del cual participa la comunidad educativa en el gobierno de los centros.

La elección de todos los representantes de los distintos sectores de la comunidad educativa en el Consejo Escolar se realizará por dos años.


Permite que la acción educativa de todos los sectores se encamine en una misma dirección.

Funciones: - Evaluar y aprobar los proyectos y las normas. - Evaluar y aprobar la programación general. - Conocer las candidaturas a la dirección y sus proyectos. - Participar en la selección del director. - Informar sobre la admisión alumnos/as. - Conocer la resolución de los conflictos y revisar su aplicación. - Proponer medidas que favorezcan la convivencia en el centro. - Promover la conservación y renovación de instalaciones y del equipo escolar. - Valorar y analizar todo lo relacionado con el buen funcionamiento del centro.

Otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

Compuesto por:
Secretario/a
Un representante del personal de administración y servicios del centro.
Número de padres y de alumnos (no podrá ser inferior a u tercio del total de los componentes del Consejo)
Representación del claustro (al menos un tercio)
Representante del ayuntamiento
Jefe/a de estudios.
El director del centro, que será su presidente.

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