por Ashly Duque hace 2 años
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Expedira la resolución correspondiente
Y al Ministerio de Educación
Enviado al Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria de Panamá (CONEAUPA)
Sobre el plan y el programa de estudio
Lo enviará
En plano no mayor de (30) días
Presentado ante
Comisión Técnica de Fiscalización
de la universidad oficial fiscalizadora
Será enviada a la Comisión Técnica de Fiscalización
Para que proceda
En un máximo de (5) días hábiles
La notificación a la universidad particular interesada
El Órgano Ejecutivo
Otorgará
La autorización
de funcionamiento provicional por (6) años
Y creación de nuevas carreras
Modificación de planes
Modificación de estatutos
A través de Decreto Ejecutivo
Del Ministerio de Educación
Fundamentado
En el informe
De la Comisión Técnica de Fiscalización
El informe Técnico del CONEAUPA
Con propósito de adecuar
Contenidos
Cambios sociales y laborales
Los sistemas productivos y servicio
Tecnología
Al avance de la ciencia
Aprobados
actualizados por lo menos cada (6) años
La solicitud de actualización
Ni debe incluir asignaturas de carácter obligatorio
No debe exceder el (30%) de créditos aprobados
El resumen contendrá
Cuadros comparativos
ue permitan observar el plan de estudio vigente
Las modificaciones propuestas
Deberá ir acompañada de un resumen ejecutivo
De la propuesta curricular
Se presentará por escrito
Ante la Comisión Técnica de Fiscalización
De los planes y programas de estudios
En plazo no mayor de (60) días hábiles
Se realiza mediante procedimiento sumario
De carreras
Postgrado
estará establecidos
Por la Comisión Técnica de Fiscalización
Grado
Pregrado
Aprobacion
de planes y programas de estudio
Evaluación
Para efectos de supervición y seguimento
De los expedientes académicos y personal
De cada estudiate
Custodia
Control
Registro
Archivo
Y de carreras o programas
De autoevaluación institucional
Y adiciones contenidas en el presente Decreto Ejecutivo
Las modificaciones
Incluya disposiciones del Decreto Ejecutivo 511
Los Artículos 10, 21, 22, 37, 101 y 103
Del Decreto Ejecutivo 511 de 5 de julio de 2010
Artículos 20-A, 20-B, 34-A, 100-A
Artículo 18, 20, 90, 91, 100, 104, 107, 109, 111, 130. 137
Deberá cancelar la totalidad de la tarifa
del plan o programa de estudio
excede el término de (100) días habiles
Para responder
Recomendaciones
se considerará concluido el proceso
Conclusiones
Observaciones
como la universidad particular
A través de la universidad oficial fiscalizadora
Para aclarar puntos de vistas que faciliten
Evaluación del plan y programa de estudio
Reuniones conjuntas
Podrán solicitar
Entregada en forma de adenda
Contará con (15) días hábiles
O no de lo recomendado
Para revizar el cumplimiento
Contará con un plazo de (100) días hábiles
Para elaborar un primer informe
Recibido dicho informe
Para cumpir con las observaciones respectivas
La universidad particular constara con (100) días hábiles
de hallazgos en el proceso de evaluación del plan y programa
Desde la recepción de documentación
Reconocerá los títulos de planes y programas de estudio
Aprobadospreviamente por las universidades oficiales
un máximo de (50%)
de la universidad particular que hace la convalidación
Distribuidos de tres años y medio mínimo
Las carreras
Tendrán un mínimo de (180) créditos
en un período mínimo de (4) años
Ingeniería, Arquitectura, Derecho, Odontología así como Medicina y Medicina Veterinaria
en un período de (2) años mínimo
Pueden ser convalidados para estudios de licenciatura
Sólo podrán expedir títulos o diplomas
Los títulos o diplomas sin este aval
No serán reconocidos oficialmente por el Estado
Carreras cuyo plan y programa de estudio
Han sido aprobados por la Comisión Técnica de Fiscalización
entregarán
La planta docente
Un docente
Sólo podrá dictar hasta (5) cursos
En el área de su especialidad
a lo largo de la carrera
Al mismo grupo
Sólo podrá dictar hasta (2) horas
Por período académico
A un mismo grupo de estudiantes
Esta información se presentará en un cuadro conteniendo:
Institucion donde obtuvo sus títulos y cursos
Área de especialidad
Estudios realizados
Nombre completo del docente
conjuntamente con el diseño curricular
Suspenderá los efectos de la acreditación
A instituciones universitarias
o no mantengan estándares de calidad
Que permitieron
Acreditación
dejado de cumplir
que hayan dado información falsa
Creara una Comisión Técnica asesora
Orientar a las universidades
En procesos
Programas o carreras
Autoevaluación institucional
Para acompañar
Los requisitos mínimos
Para su acreditación institucional
Responzabilizandose a desarrollar
Para lograr estándares de calidad
Solicitar pórroga hasta de (1) año al CONEAUPA
Y plan de mejoramiento que la sustente.
Acompañada del informe de autoevaluación
Plan de mejoramiento
Deberán firmar un acta de compromiso
Y demás requisitos
Plan de mejora
Tendrán un período
No mayor de (1) año
Y entrega del plan de mejoramiento
Para el proceso de autoevaluación
Oficiales y particulares
Con fines de acreditación
Áreas de especialidades
Carreras
Institucional y programas
Podrán desarrollar ambas evaluaciones simultáneamente
Y de acuerdo a
Cronograma de cumplimiento
Que establezca el CONEAUPA
Guías
Normas
Procedimientos
Según cada situación