Categorías: Todo - permanencia - universalidad - acreedor - patrimonio

por Karla Arvelo hace 8 años

369

Derecho de obligaciones

El derecho de obligaciones es una rama del derecho que se encarga de estudiar el origen, tipos, efectos y extinción de las obligaciones. Se caracteriza por su permanencia en el tiempo y su universalidad, ya que es similar en diferentes sistemas jurídicos, independientemente de la estructura social y económica de cada país.

Derecho de obligaciones

Obligación Civil

Vinculo jurídico

En caso de que el deudor no tenga patrimonio y no cumpla con la prestación que constituye el objeto de la obligación, no habrá forma de que el acreedor logre satisfacer su acreencia u obligue a cumplir al deudor y lo que le resta es esperar a que el deudor logre mejor fortuna.
El acreedor no tiene ningún poder sobre la persona del deudor, sino sobre su patrimonio
Une al patrimonio del deudor con el acreedor
Es netamente patrimonial

Estructura

Elemento objetivo
Prestacion de No Hacer

Abstención, una actuación negativa por parte del deudor

Prestación de Hacer

Aquellas actividades positivas a que queda sujeto el deudor.

Prestación de Dar

transmisión de la propiedad u otro derecho real del deudor al acreedor.

Elemento subjetivo
Sujeto pasivo

Deudor

Sujeto activo

Acreedor

Es un lazo de derecho que nos constriñe en la necesidad de pagar alguna cosa conforme al derecho de nuestra ciudad.

Derecho de obligaciones

Sus caracteres son:

Permanencia
Resulta de la invariabilidad en el tiempo.
Universalidad
Muy semejante el Derecho de Obligaciones en los diversos ordenamientos jurídicos de países cuya estructura social y económica es diferente.

Rama o la disciplina del Derecho dedicada al estudio del origen, clases, efectos y extinción de las Obligaciones.