por XIOMARA CONTRERAS hace 2 meses
58
Ver más
Acciones de tutela: Para proteger derechos fundamentales vulnerados
RELACIONES Cuando los conflictos laborales no se resuelven por la vía de la negociación, existen mecanismos jurídicos y extrajudiciales para solucionar las disputas. Este mapa conceptual ilustra cómo se interrelacionan los derechos fundamentales, los principios de solución de conflictos, el sindicalismo, la negociación colectiva y los mecanismos de solución en el marco de la Constitución de Colombia.
Instrumento clave: Convención colectiva
RELACIONES La negociación colectiva es el principal mecanismo de los sindicatos para proteger los derechos laborales y mejorar las condiciones de los trabajadores. Es un derecho fundamental en la Constitución.
Funciones: Promover mejores condiciones laborales, salariales y de seguridad social.
RELACIONES Los sindicatos utilizan los mecanismos legales de la Constitución para defender los derechos de los trabajadores y participar activamente en la negociación colectiva
Conciliación: Las partes buscan un acuerdo antes de escalar el conflicto
Mediación: Intervención de un mediador que ayuda a las partes a llegar a un acuerdo
RELACIONES: Los principios de solución son mecanismos pacíficos que permiten resolver conflictos laborales, protegiendo el bienestar de los trabajadores y el equilibrio entre las partes involucradas
Derecho a la huelga
RELACIONES: Los derechos fundamentales establecidos en la Constitución colombiana protegen a los trabajadores, garantizando sus derechos a asociarse libremente, negociar condiciones laborales y llevar a cabo huelgas, todo bajo el marco de la ley.
ARTÍCULO 56. Se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el legislador. La ley reglamentará este derecho
Artículo 55 de la Constitución Política de Colombia, que garantiza el derecho de negociación colectiva para regular las relaciones laborales. sindicalización y los procedimientos para determinar las condiciones de empleo en la administración pública y la negociación colectiva.