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por Leidy Carolina Piraneque Prieto hace 1 año

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GRAVAMEN MOVIMIENTOS FINANCIEROS

El gravamen a los movimientos financieros es administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), que se encarga de su investigación, control, determinación, discusión, cobro y devolución.

GRAVAMEN
MOVIMIENTOS
FINANCIEROS

GRAVAMEN MOVIMIENTOS FINANCIEROS

Elaborado por:

Julio Enrique Cetina Suarez
Materia

Derecho Tributario

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

En primera medida establece que el demandante en la norma acusada desconoce la ausencia del ART.48 C.P. al dejar por fuera la exención al gravamen a los movimientos financieros.
Según el Ministerio de Hacienda sostiene que el gravamen a los movimientos financieros no desconoce el artículo 48 de la constitución porque estos recursos ya no hacen parte del sistema general de seguridad social en salud, pues no son recursos propios de las EPS.

De acuerdo a lo referido por el jefe del Ministerio Publico se refiere a que la exención al no cubrir los pagos de las EPS a las IPS si se desconoce el artículo 48 de la constitución al gravar recursos que son propios del sistema general de seguridad social en salud pero grava a otras instituciones que en igual forma pertenecen al sistema como lo son las IPS.

RESUELVE

DECLARAREXEQUIBLEELNUMERAL10.DEL ARTÍCULO1DELALEY633DELAÑO2000QUE ADICIONAELARTÍCULO879DELESTATUTO TRIBUTARIODEACUERDO AQUELAEXENCIÓN COMPRENDELASTRANSACCIONESFINANCIERASQUE SEREALICENENTRELASPRSYLASIPSYENTRELAS ARSYLASIPSCONREFERENCIAALAPRESTACIÓN DELPLANOBLIGATORIODESALUD.

EXENCIONES AL IMPUESTO

EL ESTATUTO TRIBUTARIO SEÑALA EN EL ARTÍCULO 879, QUE HAY 28 EXENCIONES AL IMPUESTO Y PARA QUE PROCEDAN LAS EXENCIONES, LAS ENTIDADES RESPECTIVAS DEBERÁN IDENTIFICAR LAS CUENTAS A TRAVÉS DE LAS CUALES SE VAN A MANEJAR DE MANERA EXCLUSIVA LAS OPERACIONES FINANCIERAS
SENTENCIA C - 828 DE 2001

MAGISTRADO PONENTE JAIME CORDOBA TRIVIÑO

FECHA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2001

DEMANDANTE HERNANDO HERRERA VERGARA

Demanda de inconstitucionalidad del artículo 1 la ley 633 de 2000 la adición al estatuto tributario en el artículo 879 literal 10. Sobre excepciones al gravamen y a los movimientos financieros.

PROBLEMA JURÍDICO SE DEBEN DESTINAR LOS RECURSOS DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL DEL ESTADO PARA OTROS FINES DIFERENTES A LA SALUD

LOS CHEQUES DE GERENCIA CON CARGO A LAS CUENTAS CORRIENTES O DE AHORROS, SIEMPRE Y CUANDO LA ENTIDAD BANCARIA O FINANCIERA DE LAS CUENTAS SEA LA MISMA QUE LA DEL CHEQUE
LAS TRANSACCIONES QUE SE REALIZAN ENTRE CUENTAS DE AHORROS O CORRIENTES DE LA MISMA ENTIDAD BANCARIA Y QUE ESTÉN A NOMBRE DE UN ÚNICO TITULAR.
ESTÁN EXENTOS DE PAGAR EL 4×1000 LAS PERSONAS QUE TENGAN MÁS DE UNA CUENTA DE AHORROS O CORRIENTE
LA CUENTA DONDE SE PAGA LA MESADA DE LOS PENSIONADOS
LOS RETIROS DE LAS CUENTAS DE AHORROS QUE NO EXCEDAN LAS 350 UVT

CAUSACIÓN DEL IMPUESTO

GMF
EL GMF ES UN IMPUESTO INSTANTÁNEO Y SE CAUSA EN EL MOMENTO EN QUE SE REALICE LA TRANSACCIÓN FINANCIERA, ES DECIR, QUE SE OBTENGA LA DISPOSICIÓN DE LOS RECURSOS OBJETO DE LA TRANSACCIÓN FINANCIERA, SEA POR ABONO, PAGO EN EFECTIVO O EXPEDICIÓN DE CHEQUES. SE CAUSA POR CADA OPERACIÓN SUJETA AL IMPUESTO.

BASEGRAVABLE

LABASEGRAVABLEDEL GMF ESTARÁCOMPUESTA POREL VALORTOTALDE LATRANSACCIÓN FINANCIERA MEDIANTE LA CUAL SEDISPONEDE LOS RECURSOS

HECHO GENERADOR

Disposición de recursos de las cuentas corrientes o de ahorro por parte de personas o empresas, siempre que tal disposición implique:
·Retiro en efectivo. ·Retiro mediante cheque. ·Retiro mediante talonario. ·Retiro con tarjeta débito. ·Retiro por cajero electrónico. ·Retiro o pago en puntos de pago.

ELEMENTOS DEL IMPUESTO

Sujeto pasivo
Los sujetos pasivos del GMF son los usuarios y clientes de las entidades del sector financiero Las entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria, hoy Superintendencia Financiera, La Superintendencia de Valores.

La Superintendencia de Economía Solidaria, incluido el Banco de la República. Cuando se trate de retiros de fondos que manejen ahorro colectivo, el sujeto pasivo es el ahorrador individual o beneficiario del retiro.

Sujeto Activo
Los agentes retenedores autorizados por la ley son responsables del recaudo y pago del GMF. Las principales entidades que tienen a su cargo esta responsabilidad son

Banco de la República. Entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria. Entidades vigiladas por la Superintendencia de Valores. Entidades vigiladas por la Superintendencia de Economía Solidaria

PROCESO NORMATIVO GMF

Ley 1111 de 2006 capitulo IV
Modificó nuevamente la tarifa del impuesto, pasando el punto adicional a permanente.
Ley 863 de 2003
La tarifa se aumentó transitoriamente un punto al 4 por mil
LEY 788 de DICIEMBRE de 2002
Introdujo algunas modificaciones para su manejo y control. La exposición de motivos de esta ley justificó la adopción de modificaciones al gravamen, justificando que las mismas tenían la finalidad de “mejorar el recaudo y de cerrar las brechas de elusión tributaria".
LEY 633 del 29 de DICIEMBRE de 2000
El GMF se convierte en un nuevo impuesto de carácter permanente en la estructura tributaria colombiana.
LEY 608 DEL 8 DE AGOSTO DE 2000
Con la cual se acoge el pronunciamiento de la Corte Constitucional y se comienza a hablar de un “impuesto nacional de carácter temporal”. Se ratifica los aspectos fundamentales del tributo (hecho generador, base gravable, obligados etc.)
DECRETO LEGISLATIVO 2331 DEL 16 DE NOVIEMBRE DE 1998
Se creó una contribución sobre transacciones financieras internas con carácter temporal (su vigencia fue establecida hasta el 31 de diciembre del año 1999), con aplicación sobre todas las transacciones que realizaran los usuarios de los establecimientos del sector financiero a una tasa general del 2X 1000.

DIAN

SU ADMINISTRACIÓN CORRESPONDE A LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (DIAN), QUE CUMPLE ESTE MANDATO DESARROLLANDO LABORES DE INVESTIGACIÓN, CONTROL, DETERMINACIÓN, DISCUSIÓN, COBRO, DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO Y LAS DEMÁS FUNCIONES QUE LE SON PROPIAS DE ACUERDO CON LAS FACULTADES OTORGADAS EN EL ESTATUTO TRIBUTARIO