por Valeria Bernal hace 3 años
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Por medio de los poderes especiales sólo se otorgan determinadas facultades a los apoderados. El procurador necesita poder o clausula especial para desistirse, transigir, comprometer en árbitros, absolver posiciones, hacer cesión de bienes en beneficio del mandante, recusar, recibir pagos y los demás actos que determine la ley.