por Cynthya Chávez Sánchez hace 8 meses
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Hijos alimentistas
sólo puede
Reclamar del que ha tenido relaciones sexuales con la madre durante la época de la concepción.
Pensión alimenticia
hasta
Edad de 18 años
y continúa si
No puede proveer a su subsistencia por incapacidad física o mental.
Declaración judicial de filiación extramatrimonial
Paternidad extramatrimonial
Puede ser judicialmente declarada
Acción sólo corresponde
Descendientes
Pueden continuar el juicio que dejó iniciado.
Madre, aunque sea menor de edad, puede ejercerla en nombre del hijo, durante la minoría de éste.
antes del
Nacimiento del hijo.
Interpone
Padre
cuando/en el caso de
Acredite el vínculo parental entre el presunto padre y el hijo o hija a través de la prueba de ADN.
Seducción cumplida con promesa de matrimonio en época contemporánea con la concepción.
Violación, rapto o retención violenta de la mujer, cuando la época del delito coincida con la de la concepción.
El presunto padre hubiera vivido en concubinato con la madre en la época de la concepción.
El hijo se halle, o se hubiese hallado hasta 1 año antes de la demanda, en la posesión constante del estado de hijo extramatrimonial.
Exista escrito indubitado del padre que la admita.
Reconocimiento de los hijos extramatrimoniales
No admite modalidad.
pero
Puede ser NEGADO
por el
Padre o madre que no interviene en él, por el propio hijo o por sus descendientes si hubiera muerto, y por quienes tengan interés legítimo.
Plazo de 90 días a partir de aquel en que se tuvo conocimiento del acto.
Hijo/a fallecido
Puede reconocerse al hijo que ha muerto dejando descendientes.
Hijo/a extramatrimonial
Puede ser reconocido por el padre y la madre conjuntamente o por uno solo de ellos.
Registro de nacimientos, en escritura pública o en testamento.
Adopción
es
Irrevocable
No puede hacerse bajo modalidad alguna.
además
Nadie puede ser adoptado por más de una persona, a no ser por los cónyuges o convivientes.
se requiere que
Si el adoptante es extranjero y el adoptado menor de edad, aquel ratifique personalmente ante el juez su voluntad de adoptar.
Sea aprobada por el juez.
Se oiga al tutor o al curador del adoptado y al consejo de familia si el adoptado es incapaz.
Asientan los padres del adoptado si estuviese bajo su patria potestad o bajo su curatela.
Adoptado preste su asentimiento si es mayor de diez años
Cuando el adoptante sea conviviente, concurra el asentimiento del otro conviviente
Cuando el adoptante sea casado concurra el asentimiento de su cónyuge.
Edad del adoptante sea por lo menos igual a la suma de la mayoridad y la del hijo por adoptar.
Adoptante goce de solvencia moral.
el
Adoptado adquiere la calidad de hijo del adoptante.
y
Deja de pertenecer a su familia consanguínea.
Hijos matrimoniales
Maternidad
puede ser
IMPUGNADA
Sólo pueden continuar el juicio si aquella lo dejó iniciado.
Día siguiente de descubierto el fraude.
Hijo/a y padre supuesto
en el caso de
Suplantación del hijo
Parto supuesto
Marido
que
No se crea padre del hijo de su mujer puede negarlo.
es improcedente cuando
Si el hijo ha muerto.
Ha admitido expresa o tácitamente que el hijo es suyo.
Ha tenido conocimiento del embarazo.
en el
Plazo de 90 días.
se
Interpone conjuntamente
contra
Hijo/a y madre
si
Muere antes de vencido el plazo
sus
Herederos o ascendientes
Iniciar o continuar la acción.
prohibido
NEGAR
Hijo por nacer
desde
Día siguiente de su regreso
Padre ausente
Día siguiente del parto
Padre presente
cuando
Demuestre a través de la prueba del ADN que no existe vínculo parental.
Adolezca de impotencia absoluta.
Está judicialmente separado y no cohabitó con su mujer en los primeros 121 días de los 300 anteriores al nacimiento.
No cohabitó con su mujer en los primeros 121 días de los 300 anteriores al nacimiento.
Nace antes de los 180 días siguientes a la celebración del matrimonio.
Hijo/a
se presume
Matrimonial, salvo que la madre declare expresamente que no es del marido.
Hijo/a nacido/a
durante
Matrimonio o dentro de 300 días calendario de su disolución.
tiene como
Padre al marido, salvo que la madre declare de forma expresa lo contrario.
de la cual derivan
Vocación hereditaria
Salud y vivienda
Alimentos
Patria potestad
Identidad
vincula a