por Víctor Rondan hace 5 años
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Cese y suspensión de los patronos: - Fallecimiento. - Incapacidad. - No responsabilidad con los estatutos - Final del tiempo de mandato. - No inscripción en el Registro. - Renuncia. - Orden judicial.
Contenido: - Denominación de la entidad. - Fines fundacionales. - Domicilio y ámbito territorial - Reglas para la aplicación de los recursos (fines fundacionales). -Composición del Patronato, reglas para su designación y sustitución de sus miembros, así como la forma de llegar a acuerdos. - Cualquier disposición o condición que los fundadores quieran establecer.
Mortis Causa: - Por testamento. - Específicar voluntad de crear la fundación, disposición de recursos. - Otorgado por albacea testamentario y los herederos. Si no existen, lo hará el Protectorado previa autorización judicial.
Inter vivos: - Mediante escritura pública