por Brisa Angelitha Rosee hace 3 años
194
Ver más
por UNIVERSIDAD SERGIO ARBOLEDA
por Diana Angel
por Wilmar Zapeta
por Carmen Reyes
V.- Por quiebra, interdicción o inhabilitación para ejercer el comercio.
IV.- Por comisión de actos fraudulentos o dolosos contra la compañía;
III.- Por infracción a las disposiciones legales que rijan el contrato social;
II.- Por infracción al pacto social;
I.- Por uso de la firma o del capital social para negocios propios;
El contrato de sociedad podrá rescindirse respecto de un socio: