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por wilton arley garcia hace 10 años

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lògica e informàtica jurìdica

En el contexto del derecho civil, se aborda la revocatoria del mandamiento de pago y la interrupción de la prescripción. La normativa vigente permite al acreedor interrumpir la prescripción mediante un requerimiento formal de pago.

lògica e informàtica jurìdica

revocatoria mandamiento de pago e interrupción de la prescripción

El juez dicta mandamiento de pago

demandado
El artículo 430 del CGP establece la salvación de los efectos materiales de la notificación del auto de mandamiento de pago a pesar de su revocatoria,cuando esta se produce por defectos formales del título. No obstante, el auto de mandamiento de pago puede ser revocado por motivos distintos de los defectos formales del título. Por ejemplo, el artículo 442 del CGP, en su numeral 3º,
ausencia de los requisitos formales del título ejecutivo

El auto que revoca el mandamiento de pago es susceptible del recurso de apelación en el efecto suspensivo porque así lo manda el artículo 438 del CGP, y ahí se cierra el debate. Consideramos que el frustrado ejecutante no puede desglosar el mismo título e intentar de nuevo la ejecución en un juzgado distinto,

auto que revoque el mandamiento de pago

dentro de los cinco (5) días siguientes

solicita

si

convertirse

proceso declarativo

no

fin

proceso ductil

el juez revoca amandamiento de pago

recurso de reposición

interrupción de la prescripción civil

c.g.p
forma adicional para que el acreedor interrumpa civilmete la prescripción

si no la propone

renuncia

el acreedor por una sola vez se le concede el derecho mediante requerimiento.

formalidad de un escrito mediante el cual lo requiere para el pago de lo adeudado y que considera interrumpida la prescripción.

codigo civil
meramente judicial

mandamiento de pago

fines esenciales del Estado constitucional, de respetar los derechos, y garantizar el acceso a la justicia.