NIA 620 USO DEL TRABAJO DE UN EXPERTO
EL AUDITOR ESTA OBLIGADO
PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÌA DE ESTADOS FINANCIEROS O RETIFICAR INFORMES.
DE TENER UNA FECHA DE AUDITORÌA PERO DESPUÈS DE LA FECHA DEL INFORME DE AUDITORÌA PERO ANTES DE LA PUBLICACIÒN .
SI AL MOMENTO DEL CONOCIMIENTO UN HECHO DEBE HABER SIDO RECONOCIDO PARA LA FECHA DEL INFORME DE AUDITORÌA,EN CASO DE RETIFICAR EL INFORME
CON EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD Y LA DIRECCIÒN
LOS ESTADOS FINANCIEROS
POSTERIORMENTE ENTREGAR EL INFORME UNA VEZ REALIZADO TODAS LAS CORRECCIONES
EL INFORME SE NOTIFICARÀ A LA DIRECCIÒN DE LA ENTIDAD
SER DIVULGADA A TERCEROS LOS ESTADOS FINANCIEROS,O EL AUDITOR TOMARÀ MEDIDAS DE ASESORAMIENTO JURIDICO
MODIFICAR EL TRABAJO DE AUDITORÌA
DETERMINACIÒN DE LA ENTIDAD
LA NATURALEZA ,MOMENTOS DE APRENTARME
INDAGAR LA DIRECCIÒN
LECTURA DE ACTAS DE REUNIÒN DEL PROPIETARIO DE LA DIRECCIÒN Y DEL GOBIERNO
DESPUES DE LA FECHA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
LESTURA DE LOS ÙLTIMOS ESTADOS FINANCIEROS INTERMEDIOS DESPUES DEL CIERRE
COINCIDIR O DESPÈS DEL INFORME DE AUDITORÌA
COINCIDIR CON LA FECHA EN QUE SE ENTREGA EL INFORME DE AUDITORÌA A LA ENTIDAD O DESPUÈS DE EL.
EL AUDITOR PODRÀ HACER INDAGACIONES SOBRE CUESTIONES DE NUEVOS PRESTAMOS O GARANTIAS
- VENTA O ADQUISICIÒN DE ACTIVOS ,EMISIÒN DE INSTRUMENTOS DE DEUDA O ALIMENTOS DE CAPITAL,ACUERDOS DE FUSIÒN O LIQUIDACIÒN,EN CASO DE QUE LA ADMINISTRACIÒN HA INCAUTADO ACTIVOS
LA FECHA DEL INFORME DE AUDITORÌA NO PODRÀ SER ANTERIOR A LA FECHA DE APROBACIÒN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
ENTRE UNA FECHA DE INFORME DE AUDITORÌA Y FECHA EN QUE SE ENTREGA EL INFORME
MANIFESTACIONES ESCRITAS EN EL CUAL EL AUDITOR MENCIONA LO OCURRIDO CON POSTERIORIDAD A LA FECHA DE EE.FF
DETERMINAR QUE SE UTILIZA UN TRABAJO DE UN EXPERIMENTO DEL AUDITOR.
DETERMINAR SI EL TRABAJO ES ADECUADO
EL 15 DE DICIEMBRE DE 200I