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por Carlitos Montoya hace 2 años

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Principios del Derecho de Trabajo

Los principios fundamentales del derecho laboral se orientan a proteger y garantizar los derechos de los trabajadores, asegurando un trato justo y equitativo. El principio de primacía de la realidad se aplica cuando hay discrepancias entre los hechos y los documentos, priorizando siempre lo que ha ocurrido realmente.

Principios del 
Derecho de Trabajo

Principios del Derecho de Trabajo

Según el Art. 26 de la Constitución Política del Perú

Interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma.
Carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitución y la ley.
Igualdad de oportunidades sin discriminación.

Según la Jurisprudencia

CONTINUIDAD, establece que si el trabajador continúa laborando por un plazo mayor al periodo máximo de contratación laboral que establece la Ley (05 años), este alcanza la protección contra el despido laboral y no puede ser despedido sino por causas establecidas por Ley.
RAZONABILIDAD Y PROPORCIONALIDAD, son mecanismos de control o interdicción de la arbitrariedad en el uso de las facultades discrecionales del empleador a fin de evitar conductas abusivas del derecho.
INMEDIATEZ, debe haber siempre un plazo inmediato y razonable entre el momento en que el empleador conoce la existencia de la falta cometida por el trabajador y el momento en que se inicia el procedimiento y se le impone la sanción disciplinaria.
LEGALIDAD, constituye un límite a la facultad sancionadora del empleador.
IRRENUNCIABILIDAD DE DERECHOS, tiene por objetivo proscribir que el trabajador renuncie a sus derechos laborales reconocidos por la Constitución y leyes vigentes en su propio perjuicio.
IGUALDAD DE TRATO Y NO DISCRIMINACIÓN, se constituye a partir del derecho fundamental a la igualdad ante la ley. La discriminación laboral se produce cuando se escoge o rechaza a un trabajador sin tomar los meritos ni las calificaciones para el puesto de trabajo.
INDUBIO PRO OPERARIO, el juez laboral que se encuentre en la disyuntiva de aplicar dos o más normas distintas deberá preferir la interpretación que le sea más favorable al trabajador.
PRIMACÍA DE LA REALIDAD, en caso de existir discrepancia o divergencia entre los hechos y lo declarado en los documentos o en las formalidades, se preferirá siempre lo que haya ocurrido en la realidad.