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ARTÍCULO 80 SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUD

Las municipalidades distritales y provinciales tienen responsabilidades compartidas y exclusivas en temas de saneamiento, salubridad y salud. Entre las funciones compartidas están la realización de campañas locales sobre medicina, la administración y reglamentación de servicios, la difusión de programas de saneamiento ambiental y la provisión de servicios de saneamiento rural.

ARTÍCULO 80                     SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUD

ARTÍCULO 80 SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUD

Funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales

Expedir carnés de sanidad
Fiscalizar y realizar labores de control
Instalar y mantener servicios higiénicos
Regular y controlar el aseo
Proveer del servicio de limpieza públicaSubtopic

Funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales

Regular y controlar

Funciones específicas compartidas de las municipalidades distritales

Realizar campañas locales sobre medicina
Gestionar la atención primaria de salud
Difundir programas de saneamiento ambiental
Administrar y reglamentar, directamente o por concesión

Funciones específicas compartidas de las municipalidades provinciales

Campañas de medicina
Gestion de la atención primaria
Programas de saneamiento ambiental
Proveer los servicios de saneamiento rural
Procesos de concesión
Administrar y reglamentar directamente o por concesión