jonka ROMARIO CABRERA CCAPA 3 vuotta sitten
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5. PROCEDEMIENTO REGULAR
antes de su emisión, el acto debe de ser conformado mediante el cumplimiento de proceso administrativo para su generación.
4. MOTIVACION
bebe de estar motivado en proporción al contenido y conforme al ordenamiento jurídico.
3. FINALIDAD PUBLICA
con normas que otorgan facultad el órgano emisor, sin que se le persiga ni encubrimiento, con el fin sea personal del apropia autoridad, a favor de un tercero, la ausencia normas no genera discrecionalidad.
2. OBJETO O CONTENIDO
con el objetivo determinar inequívocamente efectos jurídicos con contenido del ordenamiento jurídico con compresión surgidas de la motivación.
1. COMPETENCIAS
emitido por órgano facultado en materia, territorio, grado, tiempo, dictado órganos colegiados, cumpliendo el quorum y deliberación indispensable para su emisión.
una ley lo autorice, la autoridad, mediante decisión expresa con ordenamiento legal, con el cumplimiento del fin público.
una modalidad accesoria no puede ser aplicada contra el fin perseguido por el acto administrativo.
normas de derecho público en producir efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones dentro de una situación concreta.
NO SON ACTOS ADMINISTRATIVOS
administración interna de entidades organizar, funcionar sus propias actividades o servicios, lo cual es regulado por cada entidad.