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jonka juan sebastian trujillo rojano 1 vuosi sitten

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DELITO

El análisis del delito se basa en diversos conceptos clave como la tipicidad y antijuricidad. La tipicidad se refiere a la congruencia entre los elementos subjetivos y objetivos de una conducta, mientras que la antijuricidad implica la ausencia de justificación legal para dicho comportamiento.

DELITO

DELITO

ESTRUCTURA DEL DELITO

CULPABILIDAD
ANTIJURICIDAD
TIPICIDAD
Causales de Atipicidad en los delitos de Comisión

Faz Negativa

No hay congruencia= No tipicidad

Relativo

Por no aparecer alguno o algunos elementos del tipo penal

El consentimiento del Sujeto Pasivo

Algunos tipos penales requieren la voluntad de sujeto pasivo.

Requisitos:

No debe provenir de error o haber sido obtenido por presiones o amenazas viciado

La persona debe tener capacidad de comprender la situación en la que consiente

Que no se trate de bienes jurídicos de carácter colectivo o supraindividual

Que se trate de un derecho susceptible de disposición

Que exista verbal o escrito

Ausencia de Elementos Subjetivos

Falta de Elementos Subjetivos distintos al Dolo

Si el agente no realiza los elementos del tipo así sea que obre con dolo y se den los elementos objetivos, no lleva a cabo una conducta Típica.

Falta de Dolo y Error de tipo

-Error sobre el objeto de la acción. -Error en el golpe -Error sobre el nexo de causalidad

Error en el Nexo de Causalidad en sentido estricto

Se presenta cuando se realiza un curso causal no coincidente con el programado por el agente.

Error

De prohibición

Recae sobre el conocimiento de antijurícidad, como elemento de la culpabilidad.

De tipo

Vencible

Aquel que no habría ocurrido, si se hubiera aplicado la diligencia debida.

Excluye la responsabilidad dolosa, pero deja subsistente la culposa, siempre y cuando, la Ley le haya previsto el hecho como tal.

Invencible

Es el error de quien a pesar de poner la diligencia debida, no hubiese podido salir de él.

EXCLUYE DOLO Y TODA RESPONSABILIDAD CULPOSA

Error en el Golpe

Se lesiona un objeto distinto, no incluido en la representación del autor.

Error sobre el Objeto de la Acción

Cuando se despliega la acción hacia el objeto de la acción pero termina afectando a otro.

Ausencia de Elementos Objetivos

No hay tipicidad

De carácter Absoluto

La conducta no encaja en ningún tipo penal

Faz Positiva

Cuando existe congruencia en los elementos subjetivos y objetivos

ASPECTO SUBJETIVO

Culpa

Elementos Subjetivos distintos al Dolo

Existen dos Clases:

Los Elementos del Animo o de la Actitud

Se trata de la Actitud que pone el autor en la realización del acto típico.

Los especiales Elementos Subjetivos

Suponen en el autor un determinado propósito o intención.

Dolo

Hay dolo, cuando el agente realiza la conducta tipificada en la ley, a sabiendas de lo que hace y con voluntad de llevarlo a cabo. Tiene dos momentos:

Voluntario

Dolo Eventual

Sin duda la voluntad de realización del tipo es incondicional, cuando el agente asume como probable la realización del tipo penal, con el consiguiente menoscabo para el bien jurídico tutelado, y, a pesar de ello, sigue con su accionar para alcanzar el fin perseguido.

Para saber si el autor previó como probable la realización del tipo penal, será necesario establecer cuál ha sido su actitud frente a ello. ( dos posturas).

Teoría de la Representación: -Cuando el autor se representa la eventual realización del tipo como probable. -Hace hincapié en el momento cognoscitivo del mismo -El único que permite distinguir esta figura de la culpa o imprudencia consiente en la que la realización típica se prevé sólo como posible y desecha , Por ende los componentes volitivos.

Teoría de la voluntad: -Agente aprueba interiormente la posibilidad de realización del tipo. -La acepta de manera consciente.

Dolo Indirecto

Se presenta cuando el actor, para la realización del fin propuesto, asume los efectos concomitantes derivados de modo inevitable de la puesta en marcha de la acción.

Dolo Directo

Aquel que se presenta cuando la realización del tipo, ha sido perseguida de manera directa por la voluntad del agente.

Un Querer

Intelectual

Cuando un agente actúa debe CONOCER, los elementos que componen la figura típica, de la forma que lo haría un hombre medio en su situación.

ASPECTO OBJETIVO

Bien Jurídico Tutelado

Conducta

Acción

Requiere Resultado

Índole Económico

Ético-Social

Psiquiátrico

Psicológico

Fisiológico

Físico

No requiere Resultado

Sujeto Pasivo

Sujeto Activo

Especiales

Impropios

Propios

Indeterminados

Cara externa