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jonka General Leonidas Plaza Gutiérrez 3 vuotta sitten

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ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO.

Ecuador se define como un Estado constitucional de derechos y justicia, caracterizado por su naturaleza democrática, soberana, independiente y plurinacional. La ciudadanía ecuatoriana se puede obtener por nacimiento o naturalización, y todas las personas en el territorio ecuatoriano, independientemente de su origen, gozan de los mismos derechos y deberes.

ELEMENTOS 
CONSTITUTIVOS DEL 
ESTADO.

BIBLIOGRFÌA

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FECHA: 14/05/2020

NOMBRE: OTAÑEZ MONTES VALERIA ESTHEFANIA

PRIMER SEMESTRE

CARRERA DE TURISMO

LEGISLACIÓN TURÍSTICA Y AMBIENTAL

CIENCIAS HUMANAS Y DE LA EDUCACIÓN

UNIVERSIDAD TÈCNICA DE AMBATO

ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO.

Ciudadanos y Ciudadanas

Art. 9.- Las personas extranjeras que se encuentren en el territorio ecuatoriano.
Tendrán los mismos:

Deberes.

Derechos.

Art. 8.- Son ecuatorianas y ecuatorianos por naturalización las siguientes personas:
Las que obtengan la nacionalidad ecuatoriana por haber prestado servicios relevantes al país con su talento o esfuerzo Individual.
Las que contraigan matrimonio o mantengan unión de hecho con una ecuatoriana o un ecuatoriano.
Las nacidas en el exterior de madre o padre ecuatorianos por naturalización.
Los extranjeros menores de edad adoptados por una ecuatoriana o ecuatoriano.
Las que obtengan la carta de naturalización.
Art. 7.- Son ecuatorianas y ecuatorianos por nacimiento:
Las personas pertenecientes a comunidades, pueblos o nacionalidades reconocidos.
Las personas nacidas en el extranjero de madre o padre nacidos en el Ecuador; y sus descendientes.
Las personas nacidas en el Ecuador.
Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos son ciudadanos y gozarán de los derechos establecidos en la Constitución.
La nacionalidad se obtendrá por nacimiento o por naturalización.
La nacionalidad es el vínculo jurídico político de las personas.

Principios Fundamentales

VIDEO REFERENTE
Art. 5.- El Ecuador es un territorio de paz.
Ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares.
No se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras.
Art. 4.- El territorio del Ecuador constituye una unidad geográfica e histórica de dimensiones naturales, sociales y culturales, legado de nuestros antepasados y pueblos ancestrales.
La capital del Ecuador es Quito.
El territorio del Ecuador es inalienable.
Art. 3.- Son deberes primordiales del Estado:
Garantizar el derecho a una cultura de paz, seguridad integral y a vivir en una sociedad democrática.
Proteger el patrimonio natural y cultural del país.
Promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el territorio.
Planificar el desarrollo nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo.
Garantizar la ética laica.
Fortalecer la unidad nacional en la diversidad.
Garantizar y defender la soberanía nacional.
Goce de los derechos establecidos en la Constitución.
Art. 2.- La bandera, el escudo y el himno nacional, establecidos por la ley, son los símbolos de la patria.
Art. 1.- El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico.
Los recursos naturales no renovables del Estado pertenecen a su patrimonio inalienable.
La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad.