jonka MARCO ANTONIO SEPULVEDA SANGUINO 6 vuotta sitten
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Estructura Constitución Política de Colombia
Los derechos fundamentales son exigencias básicas inherentes a todos los seres humanos para asegurar una vida digna. Estos derechos son inalienables, imprescriptibles e irrenunciables, y se clasifican en tres generaciones:
TITULO II Capítulo I Los Derechos Fundamentales - Mecanismos de Protección
PROTECCIÓN DE DERECHOS
ACCIÓN DE TUTELA Es un mecanismo que tiene por objeto la protección de los derechos constitucionales fundamentales, aún aquellos que no se encuentren consagrados en la constitución, cuando estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.
ARTÍCULO 85: Son de aplicación inmediata los derechos consagrados en los artículos 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 23, 24, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 34, 37 y 40.
DIGNIDAD HUMANA La Dignidad humana es principio y fin del ordenamiento jurídico en Colombia. Todos los instrumentos jurídicos transnacionales han tenido en cuenta el principio filosófico de Dignidad Humana. Siendo la Dignidad Humana tan
fundamental que se erige en principio de derecho y fin del Estado mismo
Los Derechos Fundamentales son exigencias elementales que puede plantear cualquier ser humano, por el solo hecho de serlo, para tener una vida digna.
1. Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos 2. Derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales 3. Derechos de Tercera Generación o Derechos Colectivos y del Ambiente
DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN O DERECHOS COLECTIVOS Y DEL AMBIENTE
Artículo 78. Control a la calidad de bienes y servicios Artículo 79. Derecho a gozar de un medio ambiente sano Artículo 80. Deber del Estado en planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para un desarrollo sostenible
Artículo 81. Prohibición sobre armas, residuos nucleares y desechos tóxicos
Artículo 82. Deber del Estado en materia de espacio público
DERECHOS DE SEGUNDA GENERACIÓN O DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Artículo 42. Protección a la familia Artículo 43. Protección a la mujer Artículo 44. Protección a los niños
Artículo 45. Protección a los adolescentes
Artículo 46. Protección a la tercera edad
Artículo 47. Protección a los disminuidos físicos, sensoriales y psiquicos
Artículo 48. Seguridad social como servicio público
Artículo 49. Salud y saneamiento ambiental como servicios públicos
Artículo 50. Protección especial para todo niño menor de un año
Artículo 51. Derecho a la vivienda digna
Artículo 52. Derecho a la recreación, el deporte y el aprovechamiento del tiempo libre
Artículo 53. Principios mínimos fundamentales en materia de trabajo
Artículo 54. Formación profesional y técnica para el trabajo
Artículo 55. Derecho de negociación colectiva
Artículo 56. Derecho de huelga Artículo 57. Estímulos legales para la cogestión de los trabajadores en las empresas
Artículo 58. Garantía de la propiedad privada con función social y ecológica y derechos adquiridos
Artículo 59. Expropiación sin inddemnización en caso de guerra
Artículo 60. Promoción del acceso a la propiedad
Artículo 61. Protección a la propiedad intelectual
Artículo 62. Protección a las donaciones con fines de interés social
Artículo 63. Carácter de bienes inalienables, imprescriptibles y embargables como los de uso público
Artículo 64. Deber del Estado respecto a los trabajadores agrícolas
Artículo 65. Protección a las actividades agrícolas
Artículo 66. Crédito agropecuario
Artículo 67. Derecho a la educación
Artículo 68. Establecimientos educativos
Artículo 69. Autonomía universitaria
Artículo 70. Deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura
Artículo 71. Libertad de la búsqueda del conocimiento y la expresión artística
Artículo 72. Patrimonio cultural de la Nación Artículo 73. Protección a la actividad periodística Artículo 74. Derecho al acceso a los documentos público Artículo 75. Carácter público del espectro electromagnético Artículo 76. Intervención estatal en el servicio de televisión Artículo 77. Regulación de la televisión
DERECHOS DE PRIMERA GENERACIÓN O DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Artículo 11. Derecho a la vida
Artículo 12. Derecho a la integridad personal Artículo 13. Derecho a la libertad e igualdad ante la ley
Artículo 14. Derecho a la personalidad jurídica
Artículo 15. Derecho a la intimidad
Artículo 16. Derecho al libre desarrollo de la personalidad
Artículo 17. Prohibición de toda forma de esclavitud, servidumbre
y trata de seres humanos
Artículo 18. Libertad de conciencia
Artículo 19. Libertad de cultos
Artículo 20. Libertad de expresión e información
Artículo 21. Derecho a la honra
Artículo 22. La paz como derecho y deber
Artículo 23. Derecho de petición
Artículo 24. Derecho de circulación y residencia
Artículo 25. Derecho al trabajo
Artículo 26. Libertad de escoger profesión, ocupación, arte u oficio
Artículo 27. Libertad de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra
Artículo 28. Derecho a la libertad personal
Artículo 29. Derecho al debido proceso
Artículo 30. Habeas corpus
Artículo 31. Principio de las dos instancias
Artículo 32. Aprehensión en flagrancia
Artículo 33. Derecho a la no autoincriminación
Artículo 34. Prohibición de ciertas penas: destierro, prisión perpetua
y confiscación
Artículo 35. Extradición
Artículo 36. Derecho de asilo
Artículo 37. Derecho de reunión y manifestación
Artículo 38. Derecho de asociación
Artículo 39. Derecho de sindicalización
Artículo 40. Derecho de participación
Artículo 41. Estudio de la Constitución y la instrucción cívica