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MÓDULO III 3.1 CONJUNTOS ECONÓMICOS

En la sección dedicada a los conjuntos económicos, se establece la importancia de revelar las relaciones entre una controladora y sus subsidiarias independientemente de si existen transacciones entre ellas.

MÓDULO III   3.1 CONJUNTOS ECONÓMICOS

MÓDULO III 3.1 CONJUNTOS ECONÓMICOS

SECCIÓN 33 INFORMACIÓN A REVELAR SOBRE PARTES RELACIONADAS

Ejemplos de transacciones a revelar
Trasferencias de investigación y desarrollo
Arrendamientos
Prestación o recepción de servicios
Compras o ventas de inmuebles y otros activos
Compras o venta de bienes
Remuneraciones del personal clave

Comprende a las personas que tienen autoridad y responsabilidad para:

Las actividades de la entidad, incluyendo cualquier administrador u órgano de gobierno equivalente de esa entidad.

Controlar

Dirigir

Planificar

Controladora y subsidiaria

Se revelarán las relaciones entre una controladora y sus subsidiarias con independencias de que haya habido transacciones entre las partes relacionadas.

Transacciones de partes relacionadas

Es una transferencia de recursos, servicios u obligaciones entre una entidad que informa y una relacionada con independencia de que se cargue o no un precio.

Definiciones
Relacionada si aplica con las siguientes condiciones

La entidad y la que informa, son miembros del mismo grupo

Una entidad es una asociada o un negocio conjunto de otra entidad

Ambas entidades son negocios conjuntos de la misma tercera parte

Relacionadas con condición

Es un miembro del personal clave de la gerencia de la entidad que informa o

Una controladora de la entidad que informa

Ejerce el control sobre la entidad que informa

Partes relacionadas

Es una persona o entidad que está relacionada con la entidad la cual prepara sus EEFF.

La sección requiere que una entidad incluya en sus estados financieros:

Información necesaria para llamar la atención de la posibilidad que su situación financiera y su resultado pueden verse afectados por

Existencia de partes relacionadas y;

Transacciones y saldos pendientes con estas partes

SECCIÓN 9 ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS Y SEPARADOS

Presentación y revelación de los estados financieros consolidados y separados.
Revelación de los EEFF Separados.
Presentación de los EEFF Separados.
Revelación de los EEFF Consolidados.
Presentación de los EEFF Consolidados.
Requisitos para la preparación de Estados Financieros separados
Reconocimiento y medición de los activos y pasivos en los Estados Financieros Separados.
Contenido de los Estados Financieros separados.
Circunstancias en las que se deben preparar Estados Financieros separados.
Requisitos para la preparación de estados financieros consolidados
Ajustes por participación no controlada.
Eliminación de transacciones internas.
Métodos de consolidación.
Identificación de entidades controladas.
Consolidación de estados financieros.
Definiciones clave
Estados financieros separados

Pueden ser utilizados para evaluar el desempeño de una entidad específica.

Son requeridos para cumplir con los principios contables internacionales.

Son utilizados cuando una entidad no tiene control sobre otras entidades.

Permiten analizar la situación financiera de una entidad de manera aislada.

Son aquellas que presentan la información de una entidad de forma individual.

Estados financieros consolidados

Proporciona una visión más precisa de la posición financiera y los resultados de un grupo de empresas.

Requiere la eliminación de transacciones y saldos entre las entidades relacionadas en el proceso de consolidación.

Permite evaluar la situación financiera y el rendimiento de un grupo de empresas como solo una entidad.

Combinación de EEFF individuales de entidades relacionadas para mostrar una imagen completa.

Presentación de la información financiera de varias entidades en un solo informe.

Trata sobre los estados financieros consolidados y separados.
Propósito
Es establecer los requisitos para la preparación de estados Financieros consolidados y separados.

SECCIÓN 19 COMBINACIÓN DE NEGOCIOS Y PLUSVALÍA

Contabilización
Todas las combinaciones de negocios deberán contabilizarse aplicando el método de la adquisición.

Exceso sobre el costo de la participación de la adquiriente en el valor razonable neto de los activos, pasivos contingentes identificables de la adquirida.

Reconocerá inmediatamente en el resultado del periodo cualquier exceso que continué existiendo después de la nueva evaluación.

Volverá a evaluar la identificación y la medición de los activos, pasivos y las provisiones para los pasivos contingentes de la adquirida, así como la medición del costo de la combinación.

Plusvalia

La entidad adquiriente deberá medir la plusvalía adquirida en una combinación de negocios por el costo menos la amortización acumulada y las pérdidas por deterioro del valor acumuladas.

Pasivos contingentes

La adquiriente solo reconocerá una provisión para un pasivo contingente de la adquirida por separado si su valor razonable puede medirse con fiabilidad.

Distribución del costo de una combinación de negocios entre los activos adquiridos y los pasivos y pasivos contingentes asumidos.

La adquirente distribuirá en la fecha de adquisición, el costo de una combinación de negocios a través del reconocimiento de los activos y pasivos, y una provisión para los pasivos contingentes identificables de la adquirida que satisfagan los criterios de reconocimiento.

Ajustes al costo de una combinación de negocios por contingencias debidas a eventos futuras

La adquirente incluirá el importe estimado de ese ajuste en el costo de la combinación en la fecha de adquisición si dicho ajuste es probable y puede ser medido de forma fiable.

Costo de una combinación de negocios

Adquiriente deberá medir el costo de la combinación de negocios como la suma de:

Cualquier costo directamente atribuibles a la combinación de negocios.

Los valores razonables

Identificación de la adquiriente

La adquiriente es la entidad que se combina que obtiene el control de las demás entidades o negocios objeto de combinación.

Definición
Combinación de negocios

Puede efectuarse mediante la emisión de instrumentos de patrimonio, la transferencia de efectivo, equivalentes al efectivo u otros activos, o bien una combinación de los anteriores.

Puede estructurarse de diferentes formas por motivos legales, fiscales o de otro tipo.

Es la unión de entidades o negocios separados en la única entidad que informa.

Contabilidad de la plusvalía.
Guía para la identificación de la adquirente, la medición del costo de la combinación de negocios y la distribución de negocios y la distribución de ese costo entre los activos adquiridos y los pasivos y las provisiones para los pasivos contingentes asumidos.
Contabilización de las combinaciones de negocios

1937-18-13774 SAMIRA SARAÍ MORALES GUERRA

SECCIÓN 26 PAGOS BASADOS EN ACCIONES

Información a relevar
Si la entidad participara en un plan de grupo, la entidad revelara ese hecho y la base de distribución
Si se liquidan en efectivo, la entidad revelará la información sobre la forma en que se midió un pasivo
Si se ha utilizado una metodología se revelará el método y el motivo por el que lo eligió
El número y la medida ponderada de los precios de ejercicio de las opciones sobre acciones

Existentes y ejercitables al final del periodo

concedidas, anuladas, ejercitadas y expiradas durante el periodo

existentes al comienzo del periodo

Tipos de acuerdo con pagos basados en acciones que haya existido a lo largo del periodo
Bienes o servicios no identificables
La entidad medirá los bienes y servicios no identificables como la diferencia entre

El valor razonable de los bienes o servicios identificables recibidos, medido en la fecha de la concesión.

El valor razonable del pago basado en acciones; y

Planes de grupo
Si una controladora entidad concede incentivos con pagos en acciones a los empleados

Y el pago presenta EE.FF Consolidados, se permite como alternativa medir el gasto de pagos basados en acciones sobre la de una distribución razonable del gasto del grupo.

Transacciones con pagos basados en acciones que san alternativas de liquidación en efectivo
La entidad contabilizará la transacción como una transacción con pagos basados en acciones que se liquidan en efectivo.
Transacciones con pagos basados en acciones liquidadas en efectivo
Una entidad medirá al valor razonable del pasivo.
Transacciones con pagos basados en acciones que se liquiden con instrumentos de patrimonio.
Cancelaciones y liquidaciones

Una entidad contabilizará la cancelación o la liquidación de los incentivos como una aceleración de la consolidación.

Modificación en los plazos y condiciones con que se concedieron los instrumentos de patrimonio

Una entidad tendrá en cuenta las condiciones modificadas como:

Disminución del valor razonable

Aumento del valor razonable

Se pueden modificar de forma que sea beneficiosa para el empleo.

Se pueden modificar de una forma que resulta beneficiosa para el empleado.

Opciones sobre acciones y derechos sobre la revaluación de acciones que se liquidan con instrumentos de patrimonio

Si no hay precio de mercado disponible y la medición del valor razonable es impracticable, se medirá utilizando un modelo de valoración de opciones.

Si hay un precio de mercado disponible, usará ese precio

Acciones

Medición

Si no hay precio de mercado y no se puede obtener una medición fiable del valor razonable, se medirá utilizando un método de valoración que utilice datos de mercado tanto como sea practicable.

Juicio para aplicar el método mas adecuado

Si no hay disponible un precio utilizará datos de mercado observables que sean específicos de la entidad.

Una valoración razonable independiente reciente de la entidad o de sus activos principales.

Una transacción reciente en las acciones de la entidad, o

Si hay disponible un precio de mercado observable para los instrumentos de patrimonio concedidos.

Principio de medición

Una concesión de instrumentos de patrimonio podría estar condicionada al cumplimiento de:

Condiciones relacionadas con el rendimiento

Condiciones relacionadas con el servicio.

Para las transacciones con empleados el valor razonable de los instrumentos de patrimonio se determinarán en la fecha de la concesión.

Si no se puede estimar con fiabilidad, se medirá su valor por referencia al valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos.

Medirá los bienes o servicios recibidos y el correspondiente incremento en el patrimonio, al valor razonable de los bienes o servicios recibidos, a menos que no pueda ser estimado con fiabilidad.

Reconocimiento cuando existen condiciones para la consolidación (irrevocabilidad) de la concesión.
Se consolidan inmediatamente, no se requerirá que el empleado complete un determinado periodo de servicio.
Reconocimiento
Una entidad reconocerá los bienes o servicios recibidos o adquiridos en una transacción con pagos basados en acciones.

En el momento de la obtención de los bienes o cuando se reciban servicios.

Una transacción con pagos basados en acciones puede:

Liquidarse por otra entidad del grupo en nombre de la entidad que recibe o adquiere los bienes y servicios.

Esta sección especifica la contabilidad de todas las transacciones con pagos basados en acciones.

SECCIÓN 15 INVERSIONES EN NEGOCIOS CONJUNTOS

15.19 Un inversor en un negocio conjunto revelará información (a) la política contable que utiliza para reconocer sus participantes en entidades controladas de forma conjunta.
Modelo de valor razonable
15.14 Cuando se reconoce inicialmente una inversión en una entidad controlada de forma conjunta, un inversor la medirá al precio de la transacción. El precio de transacción excluye los costos de producción.
Medición -Elección de política contable-
15.9 Un participante contabilizará todas sus participaciones en entidades controladas de forma conjunta utilizando una de las siguientes opciones: (a) El modelo del costo del párrafo 15.10 (b) El método de la participación del párrafo 15.13 (c) El modelo del valor razonable del párrafo 15.14.
Entidades controladoras de forma conjunta
15.8 Una entidad controlada de forma conjunta es un negocio conjunto que implica la creación de una sociedad en acciones, una asociación con fines empresariales u otro tipo de entidad, en la que cada participante adquiere una participación.
Activos controlados de forma conjunta
15.6 Algunos negocios conjuntos implican el control conjunto y a menudo tambien la propiedad conjunta de los participantes sobre uno o más activos aportados o adquiridos para cumplir con los propósitos de dicho negocio conjunto.
Operaciones controladoras de forma conjunta
15.4 La operación de algunos negocios conjuntos implica el uso de activos y otros recursos de los participantes, en lugar de la constitución de una sociedad por acciones, asociación con fines empresariales u otra entidad, o una estructura financiera independiente de los participantes.
Definición de Negocio Conjunto
15.2 Control conjunto es el acuerdo contractual para compartir el control sobre una actividad económica y se da únicamente cuando las decisiones estratégicas, tanto financieras como operativas, de dicha actividad requieren el consentimiento unánime de las partes que están compartiendo el control (los participantes).
15.1 Esta sección se aplica a la contabilización de negocios conjuntos en los EEFF consolidados y en los estados financieros de un inversor que no siendo una controladora, tiene participación en uno o más negocios conjuntos.

SECCIÓN 14 INVERSIONES EN ASOCIADAS

Información a revelar
14.12. Un inversor en una asociada revelará lo siguientes: (a) Su política contable para inversiones en asociadas. (b) El importe en libros de las inversiones en asociadas. (c) El valor razonable de las inversiones en asociadas, contabilizadas utilizando el método de la participación, para las que existan precios de cotización públicos.
Presentación de los estados financieros
14.11 Un inversor clasificará las inversiones en asociadas como activos no corrientes.
Modelo del valor razonable
14.9 cuando se reconoce una inversión en una asociada inicialmente, un inversor la medirá al precio de la transacción. El precio de transacción excluye los costos de transacción.
Método de la participación
14.8 Según el método de la participación, una inversión en patrimonio se reconocerá inicialmente el precio de la transacción (incluyendo los costos de transacción) y se ajustará posteriormente para reflejar la participación del inversor tanto en el resultado como en otro resultado integral de la asociada.
Modelo del costo
14.5 Un inversor medirá sus inversiones en asociadas, distintos de aquellas para las que hay precio de cotización publicado (veáse el párrafo 14.7) al costo menos pérdidas por deterioro del valor acumuladas reconocidas de acuerdo con la sección 27 Deterioro del Valor de los Activos.
Medición -elección de política contable
14.4 Un inversor contabilizará todas sus inversiones en asociadas utilizando una de las siguientes opciones: (a) El modelo de costo del párrafo 14.5 (b) El método de la participación del párrafo 14.8. (c) El modelo de valor razonable del párrafo 14.9.
Definición de asociadas
14.2 una asociada es una entidad, incluyendo una entidad sin forma jurídica definida tal como una fórmula asociativa con fines empresariales, sobre la que el inversor posee influencia significativa, y que no es una subsidiaria ni una participación en un negocio conjunto.
Alcance
Esta sección se aplicará a la contabilidad de las asociadas en estados financieros consolidados y en los estados financieros de un inversor que no es una controladora, pero tiene una inversión en una o más asociadas.