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Los expedientes de deudores deben contener información detallada y precisa según las normativas establecidas. Es fundamental incluir una declaración jurada que cumpla con el artículo 247 del Código Penal y el artículo 179 de la Ley General del Sistema Financiero y de Seguros.

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CIRCULAR DE CRÉDITOS

DOCUMENTACIÓN MÍNIMA QUE DEBE CONTENER EL EXPEDIENTE DE DEUDORES

En lo que sea pertinente, la información contenida en el presente anexo, tiene carácter de Declaración Jurada, y está sujeta a lo dispuesto en el artículo 247º del Decreto Legislativo Nº 635 - Código Penal, y artículo 179° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus normas modificatorias.
V. CORRESPONDENCIA

El expediente del deudor deberá contener copia de las comunicaciones cursadas entre la empresa supervisada y el deudor, así como aquella referida a la correspondencia interna de la empresa, generada en los negocios realizados con el deudor conservando el orden cronológico.

IV. INFORMES REFERIDOS A OPERACIONES DE CRÉDITO

5. Evaluación y clasificación del deudor debidamente sustentada con los criterios establecidos en la normativa emitida por esta Superintendencia.

4. Informes permanentes de seguimiento, cuya periodicidad deberá ser establecida por la empresa, de acuerdo a las políticas establecidas, que evidencien, entre otros aspectos.

3. Información de la cadena productiva en la que participa, evaluación y calificación del proyecto.

2. De donde provienen los fondos para otorgar el financiamiento.

1. Reporte de propuesta, aprobación o ratificación del crédito u operación con las firmas autorizadas.

III. GARANTÍAS Y SEGUROS

Las garantías son complementarias al proceso crediticio y constituyen la cobertura del riesgo, por lo que el control de las mismas debe mantenerse actualizado y coincidente con los registros contables y legales correspondientes, incluyendo el contrato de compra venta para los créditos con recursos del Fondo Mi Vivienda.

II. INFORMES SOBRE LA POSICIÓN DEL CLIENTE EN SU MONEDA DE ORIGEN

1. Detalle de sus obligaciones por tipo de crédito y moneda, garantías constituidas, y las provisiones acumuladas, al cierre de cada mes. 2. Evolución de los créditos u operaciones concedidas. 3. Posición del deudor en el sistema financiero. 4. Identificación de las refinanciaciones y reestructuraciones efectuadas, así como de las modificaciones contractuales que no representan refinanciación con indicación del saldo del principal e intereses y comisiones. 5. De encontrarse la empresa en INDECOPI deberá mantenerse un informe del seguimiento de la situación del proceso de reestructuración.

INFORMACIÓN ECONÓMICO FINANCIERA DE LOS DEUDORES

6. Para el otorgamiento de préstamos a mediano y largo plazo, se deberá contar con información referida a la evaluación económico- financiera del proyecto a financiarse.

5. se deberá registrar el ingreso promedio mensual del deudor o garante.

4. Análisis y comentarios de los principales indicadores económicos y financieros: a) Liquidez, b) Solvencia, c) Rentabilidad, d) Endeudamiento o Apalancamiento Financiero, e) Ciclo Financiero

3. la evaluación económico - financiera consolidada.

2. Flujo de caja operativo y proyectado

1. Estados Financieros: - Balance General, - Estado de Ganancias y Pérdidas - Estados de Cambios en el Patrimonio Neto - Estado de Flujo de efectivo

INFORME COMERCIAL

La información contenida en el presente anexo, tiene carácter de Declaración Jurada, y está sujeta a lo dispuesto en el artículo 247º del Código Penal y el artículo 179° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus normas modificatorias.
IX. PRINCIPALES CLIENTES
VIII. PRINCIPALES PROVEEDORES
VII. ACTIVIDAD
VI. CARGOS DE II, III Y IV EN OTRAS ENTIDADES
V. PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL DE II, III, IV EN OTRAS ENTIDADES
IV DATOS DE LA GERENCIA Y EJECUTIVOS PRINCIPALES (*)
III DATOS DEL DIRECTORIO
II. DATOS DE LOS ACCIONISTAS
I. DATOS DEL DEUDOR