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jonka LUCIA SANCHEZ 2 vuotta sitten

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POBLACIÓN CON NECESIDADES DE EDUCACIÓN ESPECIAL

Las poblaciones con necesidades educativas especiales incluyen tanto a personas con discapacidades como a aquellas con talentos excepcionales. Estas necesidades pueden abarcar áreas físicas, psíquicas, cognitivas y sensoriales, variando según las dificultades individuales, como la gestión de emociones.

POBLACIÓN CON NECESIDADES DE EDUCACIÓN ESPECIAL

POBLACIÓN CON NECESIDADES DE EDUCACIÓN ESPECIAL

ACCIONES PARA LA ATENCIÓN EDUCATIVA A LAS POBLACIONES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES

Asegurar que los estudiantes y sus familias tengan acceso a la información sobre la oferta educativa existente para que puedan ejercer su derecho a elegir, garantizándoles el acceso a la educación de calidad, en todos los niveles y modalidades educativas.
Impulsar proyectos que promuevan principios de respeto a la diferencia y que la valoren como una posibilidad de aprendizaje social, velando al mismo tiempo por el cumplimiento de los principios de igualdad, no discriminación y buen trato contemplados en las normas uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad.

Gestionar para que los estudiantes reciban las ayudas técnicas, pedagógicas y materiales de enseñanza y aprendizaje que les permitan el acceso y la participación en actividades curriculares.

Promover el acceso a subsidios, estímulos y recursos de financiamiento bajo las estrategias que establece el Estado. Diseñar y aplicar estándares de calidad para las instituciones públicas y privadas, que garanticen condiciones educativas óptimas dentro del marco de los derechos humanos

EDUCACION ESPECIAL

Las necesidades educativas y la inclusión del concepto de personas con necesidades educativas especiales, en el sistema educativo, se plantea en la actualidad como una alternativa efectiva tanto para la comprensión del desempeño en el aprendizaje, como para la oferta de servicios de carácter educativo y social, lo cual contribuye significativamente a la construcción de una cultura de atención a la diversidad.
Las necesidades educativas especiales se refieren a aquellas que son individuales, pues no pueden ser resueltas a través de los medios y los recursos metodológicos que habitualmente utiliza el docente y que requieren, medidas pedagógicas especiales distintas a las que requieren comúnmente la mayoría de los estudiantes.

Establecer mecanismos de coordinación entre las instituciones que desarrollan programas de atención directa y las facultades de educación, para concertar las necesidades de la formación de los docentes y poner en marcha proyectos de investigación, de prácticas y propuestas de extensión a padres de familia, administradores y líderes comunitarios.

Identificar currículos de las facultades de educación, que forman docentes sensibilizados para atender la diversidad de la población, con el propósito de fortalecerlos.

MARCO JURIDICO

LA LEY GENERAL DE EDUCACION establece que la educación para personas con limitaciones y con capacidades o talentos excepcionales es parte integrante del servicio público educativo. Señala que los establecimientos educativos deben organizar, directamente o mediante convenio, acciones pedagógicas y terapéuticas que permitan el proceso de integración académica y social de dichos educandos.
El DECRETO 2082 DE 1996 reglamentario de la Ley General de Educación, menciona que la atención de la población con discapacidad y con capacidades o talentos excepcionales es de carácter formal, no formal e informal y se debe ofrecer en instituciones educativas estatales y privadas de manera directa o mediante convenio.

El reglamentario de la Ley 715 del 2001, señala que para fijar la planta de personal de los establecimientos que atienden a estudiantes con necesidades educativas especiales, la entidad territorial debe atender los criterios y parámetros establecidos por el MEN. Además, indica que los profesionales que realicen acciones pedagógicas y terapéuticas que permitan el proceso de integración académica y social sean ubicados en las instituciones educativas que defina la entidad territorial para este propósito

LA RESOLUCION 2565 DEL 2003 establece los parámetros y criterios para la prestación del servicio educativo a las poblaciones con necesidades educativas especiales, otorgando la responsabilidad a las entidades territoriales.

EL DECRETO 3020 DE 2002 reglamentario de la Ley 715 del 2001, señala que para fijar la planta de personal de los establecimientos que atienden a estudiantes con necesidades educativas especiales, la entidad territorial debe atender los criterios y parámetros establecidos por el MEN. Además, indica que los profesionales que realicen acciones pedagógicas y terapéuticas que permitan el proceso de integración académica y social sean ubicados en las instituciones educativas que defina la entidad territorial para este propósito.

DECRETO 1421. Por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad »

Se identifican como poblaciones con necesidades educativas especiales las personas que presentan discapacidad o limitaciones y aquellas que poseen capacidades o talentos excepcionles

CLASIFICACIÓN
Alteraciones de conducta: Autismo, TDAH, ASPERGER
Dificultades de aprendizaje: Discapacidad intelectual, problemas en la lecto-escritura
Necesidades sensoriales o físicas: Auditiva o visual
Dificultad en la gestión de emociones
Existen diferentes tipos de necesidades educativas especiales a nivel físico, psíquico, cognitivo y sensorial. Cada necesidad variará en función de las dificultades que presente el pequeño, como pueden ser las siguientes: Dificultades en la gestión de emociones.