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Resolución 10911 de 1992

La resolución establece directrices claras para la apertura y funcionamiento de farmacias y droguerías en Colombia. Según el documento, la instalación de estas debe seguir normas específicas, incluyendo una distancia mínima de 150 metros lineales entre una nueva farmacia y la más cercana existente.

Resolución 10911 de 1992

Resolución 10911 de 1992






ESTUDIANTES:

ANGIE LISETH BURBANO

KAROL DANIELA TAQUEZ

MARITZA LICETH MORA



una ves resivida la solicitud en la oficina de control de medicamentos se efectuara una vicita de inspecccion para constar el cumplimiento de los requisitos

el cierre definitivo de uan drogueria o farmacia dogueria no implica la existenciade un cupo disponible para la apertura de un establecimiento de la misma clase.
si el consepto esta favorable pero las condiciones permiten que en un plazo no mayor de 30 dias habiles se efectuen las coreciones alas deficiencias anotadas en la acta pertinente, se concidera un plazo adecuado al termino del cual y en una nueva inspeccion se dara un consepto definitivo.
los funcionarios en la visita un acta de consepto favorable o desfavorable respecto ala autorizacion para instalar la drogueria
se levantara una acta la cual sera subsuscrita por los funcionarios que la practiquen y por el interesado.

toda drogueria o farmacia dogueria debera solicitar ala oficina de control de medicamentos de las direccciones seccionales de salud.

debera existir una distancia minima 150m lineales ala redonda entre la drogueria solicitante y la drogueria mas cercana.
las drogueria o farmacias que establescan las entidades de existencia y seguridad social del estado y las entidades sin animo de lucro no esta obligada a cumplir con el requisito de distancia.
solo se podara hubicar la drogueria o farmacia por debajo de la distancia prevista en el presente articulo, siempre y cuando dicha determinacion este debidamente motivada en el acto administrativo que otorgue el correspondiente permiso de acuerdo a nececidades especiales
En caso de traslado dentro de una misma manzana, podrian trasladarse a una misma distancia interior ala estipulada en el presente articulo o si es por prestar un mejor servicio servicio y/o por que el propietario del establecimiento ha debido entregar el local.
para determinar las distancias se presentan la certificacion expedidad por la entidad correspondiente en la region donde se solicite la apertura y/o translado.
los funcionarios de la oficina del medicamentos para autorizar la apertura de locales tendran encuenta
iluminacion, pisos, paredes,cielorazos, instalaciones igienicas, sanitarios y electricas.
para obtener la autorizacion para instalar de una drogueria, se debe presentar por escrito la solicitud ala oficina de control de medicamentos,con el plano del local.

Topic principal

se basa en articulo 18

las actividades regionales del pais, precentaran toda su colaboracion a los funcionarios de los diferentes servicios de salud, en orden al cumplimiento de sus funciones
para de la vigilancia y el cumplimiento de las normas y la imposicion de medidas y sanciones aqui consignadas los funcionarios de la direcciones seccionales o locales de salud respectivas o las entidades que hagan sus veces competentes en cada caso seran conciderados como de policia de conformidad con el articulo 35 del decreto ley 1355 de 1970(codigo nacinal de policia)
debe existir
es un dever
una solicitud por escrito o acompañado por un croquis o plano local
la apertura o traslado de drogueria o farmacia drogueria, en la republica de colombia devera ceñirse a la prencentereglamentacion

Requisitos para apertura de una drogueria o farmacia