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jonka Camilo Andres Martinez Romero 5 vuotta sitten

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TIPOS DE SOCIETARIOS

Existen diferentes tipos de estructuras societarias, cada una con características específicas que determinan sus operaciones y responsabilidades. En una sociedad colectiva, los socios aportan capital en diversas formas y participan activamente en la gestión, con responsabilidades ilimitadas y solidarias.

TIPOS DE SOCIETARIOS

TIPOS DE SOCIETARIOS

SOCIEDAD ENCOMANDITA SIMPLE

Los socios se denominan gestores o colectivos: mínimo, comanditario o capitalista un socio
La reserva legal no existe y se establecen otras en los estatutos se definirá en los mismos.
La responsabilidad es colectiva, ilimitada y solidaria. Comanditarios hasta el monto de sus aportes.
La razón social se forma con el nombre completo o solo con el apellido de alguno de los socios colectivos.
Derecho ejercido por un gestor igual a un voto y una cuota igual a un voto.
Tiempo de duración es fijado en la escritura pública.
El capital social se forma con los aportes de los socios comanditarios o con los de estos y de los socios colectivos simultáneamente, el socio comanditario no puede aportar su capacidad credito o industria personal.
Se constituye por escritura pública. Forma una persona jurídica distinta de los socios. Se Paga impuesto de renta sobre la utilidad del 33%

EMPRESA UNIPERSONAL

La razón social se denomina por las letras E.U o empresa unipersonal.
El tiempo se define en el documento de constitución, en caso contrario la duración es indefinida.
La responsabilidad es limitada a sus aportes. En caso de deudas de impuesto los socios son solidarios.
En derecho como es solo un socio, éste mismo toma sus propias decisiones. La reserva legal se establece por el 10% de las utilidades liquidas del ejercicio que ascenderá por lo menos al 50% del capital social.
El capital social se forma por el aporte del socio. Se pagara en su totalidad al constituirse la sociedad, el capital se divide en cuotas de igual valor.
Solo existe un socio.
Se constituye en un documento privado. La persona jurídica se forma una vez que se realice la inscripción ante la cámara de comercio, se cancela impuestos de renta sobre el 33% de las utilidades.

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

En derecho una cuota que es igual a un voto. La reserva legal es del 10% de las utilidades liquidas que ascenderá aproximadamente al 50% del capital de los socios.
La responsabilidad es limitada a sus aportes y ademas a la suma que se indique en los estatutos. Cuando se presenten deudas de impuestos, los socios son solidarios con el pago de las mismas.
La razón social girara bajo denominación o razón social seguida de la palabra "Limitada".
El tiempo de duración debe fijarse en la escritura pública, puede seguir con los herederos de los socios.
El capital social rige igualmente que en la sociedad colectiva. El capital social se pagara íntegramente el constituirse la empresa y se divide en cuotas de igual valor.
El numero de socios dos, máximo de 25
Se constituye por escritura pública. Forma una persona jurídica distinta de los socios. Paga un impuesto del 33% de renta sobre las utilidades de la empresa.

SOCIEDAD COLECTIVA

La razón social se forma con el nombre completo o solo con el apellido de algunos de los socios
Derechos (aportes, deliberar y decidir, participación de utilidades,inspección, ceder sus aportes) la reserva legal no existe, otras reservas deben estar establecidas en los estatutos.
El tiempo de duración se define en la escritura pública, así mismo puede seguir con los herederos de algún socio fallecido.
Los socios responden ilimitadamente y solidariamente.
Se constituye por escritura pública. Forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados. Paga el 33% de impuestos de renta sobre utilidades.
El numero de socios es de dos o más, no existe máximo de socios.
El capital social entregado por cada uno de los socios (dinero,créditos,muebles e inmuebles,industria y en otro aspecto que sea negociable) ningún socio puede ser obligado a aumentar su aporte.