par Nayibis Ramos Zuñiga Il y a 1 année
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O por
Encargo se realizara dentro del año siguiente a dicha publicación, termino dentro del cual deberán adoptarse los instrumentos técnicos necesarios
La calificacion definitiva anual o extraordinaria se notificara al evaluado conforme con el procedimiento especial establecido
En el
Decreto-ley que desarrolle las facultades conferidas al Presidente de la Republica en el numeral 1 del articulo 53 de la Ley 909 de 2004
O
En las normas que lo modifiquen o adicionen. Contra el resultado de la calificación proceden los recursos de reposición y de apelación
El empleado de carrera debera ser evaluado y calificado anualmente con base en parametros previamente establecidos
El objetivo de la evaluación del desempeño es la retroalimentación para la definicion de estrategias y metas de desarrollo personal e institucional
Los principios que orientan la permanencia en los cargos en el Sistema Especifico de Carrera serán los establecidos en el artículo 37 de la Ley 909 de 2004.
La Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, Aerocivil, a través de la Dirección de Talento Humano o la que haga sus veces,
Deberá
Implementar programas de estímulos, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto-ley 1567 de 1998 o las normas que lo modifiquen o adicionen
De acuerdo con el reglamento que para el efecto expida el Gobierno Nacional y con la política que fije el Departamento Administrativo de la Función Publica
Dirección de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, Aerocivil, o la dependencia que haga sus veces, formulara los planes y programas de capacitación.
Estará orientada al desarrollo de la aviación civil en condiciones de seguridad
Mediante
La adquisición de los conocimientos, habilidades y destrezas, y el fomento de los valores y actitudes, que permitan adquirir conocimientos para desempeñar con idoneidad los cargos
La notificación de la inscripción y la actualización en el Sistema Especifico de Carrera se cumplirá
La anotación en el Registro Público del Sistema Especifico de Carrera Aeronáutica
Es
Declaración expresa de que un empleado goza de derechos de carrera
Mientras se surte el proceso de seleccion para proveer empleos de carrera y una vez convocado el respectivo concurso
Los
Empleados publicos de carrera tendran derecho a ser encargados de tales empleos
Siempre y cuando
Acrediten los requisitos y el perfil exigido para su ejercicio
La provisión definitiva de los empleos de carrera se hará previo concurso de méritos
A través de
Nombramientos en periodo de prueba y de ascenso.
Previa la expedicion del acto administrativo de nombramiento en periodo de prueba
Se
Efectuara al seleccionado un estudio de seguridad de caracter reservado
De resultar desfavorable sera causal para que no se efectue el nombramiento y sea excluido de la lista de elegibles.
Se considera como ascenso, sin periodo de prueba, el nombramiento efectuado al empleado publico de carrera
Que
Supere un concurso convocado para la provision de cargos ubicados en grados superiores al menor de los niveles del cuerpo aeronautico.
La persona no inscrita en el registro publico del Sistema Especifico de Carrera, que haya sido seleccionada por concurso
Será
Nombrada en periodo de prueba por un termino de hasta tres meses, segun lo determine la convocatoria
Periodo de prueba
Listas de elegibles
Pruebas
Su fin es
Apreciar la capacidad, idoneidad y adecuacion de los aspirantes a los diferentes empleos de carrera que se convoquen a concurso
Reclutamiento
Divulgacion
Convocatoria
Eficiencia en los procesos de seleccion
Eficacia en los procesos de seleccion para garantizar la adecuacion de los candidatos seleccionados al perfil del empleo
Confiabilidad y validez de los instrumentos utilizados para verificar la capacidad y competencias de los aspirantes
Garantia de imparcialidad de los organos encargados de gestionar y llevar a cabo los procedimientos de seleccion
Especializacion de los organos tecnicos encargados de ejecutar los procesos de seleccion
Transparencia en la gestion de los procesos de seleccion
Publicidad
Libre concurrencia e igualdad en el ingreso
Merito
Se realizará
A traves de procesos de seleccion abiertos, con aplicacion de metodologias y herramientas basadas
Criterios objetivos, para establecer la idoneidad de los aspirantes que acrediten los requisitos y competencias exigidos en las respectivas convocatorias.
Se agrupan así
Cuerpo Aeronautico
Esta integrado por los empleos que tienen asignadas funciones misionales relacionadas
Con
El transporte aereo que exigen la aplicacion de procedimientos, tecnicas y conocimientos profesionales especializados.
Cuerpo Administrativo
Este
Esta integrado por los empleos que tienen asignadas funciones administrativas o de apoyo al area misiona
De carrera, con excepcion de los de libre nombramiento y remocion, que correspondan a uno de los siguientes criterios
Los empleos cuyo ejercicio implica la administracion y el manejo directo de bienes, dineros y/o valores del Estado
Los empleos cuyo ejercicio implica especial confianza que tengan asignadas funciones de asesoria institucional, asistencial o de apoyo
Y
Que esten al servicio directo e inmediato del Director General, siempre y cuando los empleos esten adscritos al despacho
Los de direccion, conduccion y orientacion institucional, cuyo ejercicio implica la adopcion de politicas o directrices
Inspector de Seguridad Aerea
Asesor Aeronautico
Director Regional Aeronautico
Gerente Aeroportuario
Administrador de Aeropuerto
Agregado para Asuntos Aereos
Director Aeronautico de Area
Jefe de Oficina Aeronautica
Secretario de Seguridad Aerea
Secretario de Sistemas Operacionales
Secretario General
Subdirector General
Director General
Además de
Cumplir las funciones especificas que le han sido asignadas en el articulo15 de la Ley 909 de 2004 y las que le sean atribuidas por ley, decreto o reglamento
Tendrá
La de elaborar las convocatorias para la provision de los cargos de carrera y los instrumentos de evaluacion del desempeño laboral de los empleados de la Entidad
Solicitar al Consejo Administrador del Sistema Especifico de Carrera la exclusion de las listas de elegibles
De
Las personas que hubieren sido incluidas sin reunir los requisitos exigidos en las convocatorias o con violacion de las normas legales
Participar en la elaboracion y seguimiento del Plan Anual de Formacion, Capacitacion y Estimulos de la entidad
Participar en el diseño, implementacion y evaluacion de los estudios de medicion del clima laboral;
Velar por que los procesos de evaluacion del desempe?o en la Aerocivil se realicen conforme con lo establecido en este decreto-ley y en las normas complementarias y reglamentarias
Velar por que los procesos de seleccion o concursos para la provision de empleos en la Entidad se realicen conforme con lo establecido en este decreto-ley y en las normas complementarias y reglamentarias
Lo integran
Un representante de los empleados quien debera ser de carrera y elegido por votacion directa de los empleados inscritos en el sistema de carrera especifico
Dos representantes de la Unidad Administrativa Especial designados por el Director General
Esta
Será ejercida por la Comision Nacional del Servicio Civil
Aprobar los instrumentos necesarios para la evaluacion del desempe?o laboral de los empleados de carrera
Excluir de las listas de elegibles los aspirantes que hubieren sido incluidos sin reunir los requisitos exigidos en las convocatorias o con violacion de las normas legales
Adelantar los procesos de seleccion, para lo cual podra apoyarse en el Icfes, las universidades publicas o privadas e instituciones de educacion superior
Realizar las convocatorias a concurso para la provision de empleos publicos de carrera
De acuerdo con
Los terminos y condiciones que se establezcan en este decreto y en los reglamentos
Establecer de acuerdo con el presente decreto-ley y los reglamentos, los lineamientos generales
Con base
En los cuales se desarrollaran los procesos de seleccion para la provision de los empleos de carrera
La
Forma de eleccion sera determinada en el correspondiente reglamento
Se indicaran los requisitos de la convocatoria y el procedimiento a seguir para tal fin
Sera elegido
Por votacion nominal de los mismos, para un periodo de tres años
Ser empleado de carrera
Acreditar tiempo de servicios en la entidad no inferior a año a la fecha de inscripcion para la eleccion
No haber sido objeto de sancion disciplinaria dentro del año inmediatamente anterior a la fecha de inscripcion
Integrado por
El Secretario General de la Entidad o quien haga sus veces, quien lo presidira
El Secretario de Sistemas Operacionales, o quien haga sus veces
Un representante de los empleados de carrera
Crease el Consejo Administrador del Sistema Especifico de Carrera de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronautica Civil, Aerocivil
Como
Organismo al que le corresponde asegurar que el merito de los aspirantes sea el que determine la provision de los empleos de la entidad
Igualdad de oportunidades y de reconocimiento de meritos
Ademas
De los que regulan la funcion administrativa de que trata el articulo 209 de la Constitucion Politica
Para el
Acceso y la promocion en el servicio; promover el desarrollo integral, la capacitacion, la participacion y el bienestar de sus empleados